¿Multas de hasta 3.000 euros por no registrar gallinas de autoconsumo?
Las explotaciones de hasta 30 aves de autoconsumo deben registrarse obligatoriamente desde 2024 en en todo el Estado
Circulan en redes sociales contenidos que afirman que se imponen multas de hasta 3.000 euros a quienes tengan gallinas para autoconsumo sin registrar. Sin embargo, esta medida, en vigor desde enero de 2024, no implica automáticamente una sanción: el incumplimiento de la normativa puede suponer un apercibimiento sin consecuencias económicas, salvo que se demuestre que ha sido intencionado o reiterado. En ese caso, la multa puede oscilar entre 600 y 3.000 euros.
El real decreto 637/2021 de normas de ordenación de granjas avícolas establece la obligatoriedad de registrar todas las explotaciones avícolas, incluidas las de autoconsumo, en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA). Estas explotaciones son aquellas que cuentan con un máximo de 30 gallinas y cuyos productos no se comercializan. El registro es una herramienta utilizada por las comunidades autónomas para la vigilancia de enfermedades como la gripe aviar.
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Sanciones de hasta 600 euros
El decreto señala que, en caso de incumplimiento, se aplicará el régimen sancionador recogido en la legislación vigente. La Ley de Sanidad Animal considera una infracción leve no informar a la autoridad competente sobre la explotación. En estos casos, si el incumplimiento no es intencionado ni reincidente, se emite un apercibimiento sin multa. No obstante, si se prueba que la omisión fue deliberada o repetitiva, la sanción económica varía entre 600 y 3.000 euros.
Por otro lado, la ley para el cuidado de los animales establece que el suministro de información inexacta o fuera de plazo puede conllevar sanciones de hasta 600 euros o una advertencia administrativa. Desde Comunidad de Madridy Galicia han asegurado a Maldita.es que, hasta la fecha, no se han impuesto sanciones por esta normativa. Otras comunidades autónomas han sido consultadas, pero no han proporcionado respuesta por el momento.
Las explotaciones de autoconsumo tienen requisitos administrativos menores que las comerciales. No están obligadas a actualizar periódicamente la información del registro, aunque sí deben notificar cualquier cambio. Además, deben contar con un veterinario de referencia y garantizar condiciones mínimas de higiene y bienestar animal, como disponer de agua potable y material adecuado para el suelo del gallinero.
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