- El Ministerio de Agricultura ultima un proyecto de reforma de la normativa del aceite que prohibirá comercializar los aceites de oliva virgen extra destinados a los consumidores en recipientes de plásticos, a excepción de los suministrados en envases monodosis, además de otras muchas novedades que afectan a la elaboración y a su consumo.

También en relación con los envases, el proyecto establece que los de los aceites de oliva destinados al consumidor final tendrán una capacidad máxima de 5 litros, mientras que los suministrados a colectividades podrán comercializarse en envases de 10, 20, 25 y 50 litros.

Finalmente, y entre otros temas, el proyecto insiste en que los envases destinados al consumidor final deberán disponer de un dispositivo de cierre irrecuperable y los que se utilicen en restauración tendrán que tener un sistema de protección que impida su reutilización una vez agotado su contenido original.

En Rioja Alavesa, su aceite goza de un distintivo Euskolabel, un sello de calidad que vela por la calidad del proceso, elaboración y aspectos organolépticos del producto final. El control se realiza a través de Hazi y en el reglamento especifica que el aceite de oliva virgen extra con Eusko Label se comercializa en botellas de cristal tintado de 50 cl. y se identifica con una etiqueta de Eusko Label y un número de control que garantiza su calidad y autenticidad.

Con el impulso que se le quiere dar a este producto a través de la identificación de una marca de calidad publica y oficial, se pretende recuperar el olivo en Rioja Alavesa para complementar al viñedo y ofrecer a los agricultores de Euskadi opciones en la defensa de un sector más rentable.

Hasta ahí no hay problema. Pero la cuestión es que no todo el aceite de oliva virgen extra de Rioja Alavesa se comercializa en ese envase de 50 centilitros: ni para venta, ni para consumo propio. Y esto es evidente en el Trujal Almazara de Oion o en el Trujal cooperativo de La Equidad. Sin mencionar que el trujal municipal de Lantziego entrega sus molturados en envases grandes. No todos esos aceites llevan el sello de calidad Euskolabel, pero sí todos entran en la normativa del Ministerio de Agricultura.

Para Iker Díaz de Cerio, Presidente de APRORA (Asociación para la promoción del olivo y el aceite de Rioja Alavesa), "el camino del aceite de oliva virgen extra de Rioja Alavesa es el cristal, porque es el que puede ofrecer la mejor calidad e imagen del producto, su aspecto traslúcido y de limpieza". Otra cosa es la entrega para grandes consumidores para lo que habrá que valorar cuales son los recipientes adecuados.

En líneas generales piensa lo mismo el presidente de la cooperativa La Equidad, de Moreda de Álava. Jesús Eraso, quien recuerda que la comercialización en grandes envases en esta localidad es prácticamente nula, aunque fue abundante en otros momentos. Para Eraso, como persona y consumidor "el envase que más me gusta es la botella de cristal y aunque en algunos momentos se puso de moda la lata, es cierto que ésta lleva unos barnices protectores del metal, que la terminaron retirando del mercado".

En el trujal de Moreda se han estado utilizando, además de los envases de cristal reglamentarios, los de plástico de 2, 5 y hasta 10 litros. Pero es que esos eran los envases elegidos para entregar a los agricultores cooperativistas su aceite de consumo doméstico, especialmente el de 5 litros por ser el más cómodo de manejar. Sin embargo, su uso ha ido decayendo y apenas se utilizan en estos momentos. Eraso tiene un momento para recordar cuando el aceite se guardaba en tinajas de barro, que ahora son piezas de coleccionista, y la cultura que rodeaba el reciclaje del aceite usado, convirtiéndolo en jabón: "en el trujal, a veces, cuando vienen visitas y tenemos tiempo, les enseñamos cómo se fabrica el jabón, como lo hacían nuestros padres y abuelos".

Cerca, en Oion, Félix García y su mujer gestionan el trujal privado, al que acuden no solo olivicultores independientes de Rioja Alavesa, sino también de La Rioja y de Navarra. Para este profesional, que ha consolidado su instalación como una referencia importante en toda la zona, "siempre hay gente pensando tonterías" por los problemas que ocasionará el envasado en cristal. Añade que "lo mismo pasó con las latas, y esas eran peores. Y también con los recipientes grandes de cristal, que se abandonaron hace años por lo incómodos que resultaban".

Explica que la propuesta "es volver a los años 50" y se pregunta si se establecería "la devolución de los envases, como hasta no hace mucho, para limpiarlos y reutilizarlos, algo que se debería haber previsto hace años, ya que ahora no hay instalaciones". Para Félix García, esto no deja de ser "una tontería", porque "mientras se eliminan los envases de plástico del aceite, se promocionan los plásticos de las cápsulas de café o los bass in box del vino, con residuos de cartón y plástico"

El proyecto de Real Decreto por el que se aprueba la norma de calidad de los aceites de oliva y de orujo de oliva está en la fase de Segundo Trámite de Audiencia e Información Pública, del 19 de junio al 30 de junio de 2020.

Uno de los puntos que se abordan son las prácticas fraudulentas. En concreto, el texto establece: "De cara a preservar y poner en valor los aceites de oliva y de orujo de oliva, así como a evitar posibles prácticas fraudulentas, se hace necesario establecer en esta norma determinadas obligaciones de los operadores del sector en cuanto a las instalaciones, prácticas no permitidas, los documentos de acompañamiento y la trazabilidad de los productos. Por eso se establece la obligatoriedad de mantener un sistema de trazabilidad normalizado que permita localizar fácilmente los productos e insista en la correcta identificación de los mismos en todas las etapas de la producción, transporte y comercialización de los aceites objeto de la norma.

En cuanto a los envases, el documento señala en estos momentos que "en línea con las políticas de la Unión europea en materia de desarrollo sostenible y en particular las referidas a la reducción del uso de plásticos, se limita en la presente norma la utilización de este material para algunos productos, cuya imagen puede además verse deteriorada en determinadas formas de presentación tales como los envases plásticos" y se mantiene la redacción que enumera las prácticas prohibidas, entre las que se incluye "la comercialización de los aceites de oliva virgen extra destinados a los consumidores finales en recipientes de plástico, a excepción de los suministrados en envases monodosis". Esta exigencia no entraría en vigor hasta el 1 de enero de 2023.

La futura norma será de aplicación a todos los aceites de oliva y de orujo de oliva elaborados y comercializados en nuestro país. El proyecto subraya que con el fin de preservarlos y ponerlos en valor, así como para evitar posibles prácticas fraudulentas, "se hace necesario establecer determinadas obligaciones de los operadores del sector en cuanto a las instalaciones, prácticas no permitidas, los documentos de acompañamiento y la trazabilidad de los productos".

Esta norma de calidad incluye en su articulado las denominaciones y definiciones de los productos; las obligaciones (registro) de trazabilidad; las obligaciones específicas de las instalaciones de las instalaciones (almazaras, refinerías y extractoras de aceite de orujo de oliva); de los aceites, y de los envases, por lo general con un dispositivo de cierre irrecuperable; las prácticas prohibidas; el control oficial, coordinación y régimen sancionador, y varias disposiciones sobre la cláusula de reconocimiento mutuo y el sistema informatizado.

Además, el nuevo texto incluye un par de cambios importantes. Por un lado, se incluye la mencionada prohibición de envasar los aceites de oliva virgen extra (AOVE) en formatos de PET o plásticos, una práctica habitual de las empresas, sobre todo cooperativas, y en envases de distinta capacidad, cuyo cambio hacia el envasado de cristal o de otro tipo conllevaría mayores costes de producción. Así, se señala que los envases destinados a la venta al consumidor final, incluyendo aquellos suministrados por las almazaras a los cosecheros para su consumo, tendrán una capacidad máxima de cinco litros, y que los aceites suministrados a colectividades podrán asimismo comercializarse en envases de diez, veinte, veinticinco y cincuenta litros de capacidad.

También se recoge que los envases a disposición de los consumidores finales, en los establecimientos de las colectividades, deberán contar con un sistema de protección que impida su reutilización una vez agotado su contenido original.

El segundo cambio del proyecto de RD contempla que una misma instalación no pueda a la vez realizar la actividad relacionada con la producción de aceite de oliva y con la producción de aceite de orujo de oliva, planteando la separación de instalaciones para cada una de ellas. En este sentido, plantea que las almazaras, las refinerías y las extractoras de aceite de orujo de oliva deberán estar ubicadas de manera independiente y, en ningún caso podrán estar conectadas por conducción alguna. Como ambos cambios será difícil que se puedan realizar de la noche a la mañana, el proyecto de RD plantea un periodo transitorio de tres años para adaptarse a los mismos.

Además, deberán estar debidamente aisladas o separadas de cualquier otra industria o local ajeno a sus cometidos específicos y, en particular, de los dedicados a la producción, transformación, almacenamiento a granel y envasado de grasas animales o vegetales, y de grasas y aceites industriales o minerales.

En el listado de prácticas prohibidas se incluye la producción para su comercialización en el mercado nacional de mezclas de aceites de oliva y de orujo de oliva con otros aceites o grasas de origen vegetal.

También se prohíbe la utilización del término "virgen" o "virgen extra" en el etiquetado de productos alimenticios de apariencia oleosa que puedan confundirse con los aceites de oliva de la presente norma, tales como aceites, condimentos, aderezos, productos similares. Tal prohibición no afectará a la lista de ingredientes del producto en cuestión.

Tampoco se admite el trasvase o rellenado de recipientes o envases destinados al consumidor final, de aceite de oliva o de orujo de oliva en los establecimientos de restauración colectiva, ni que las mezclas de aceites de oliva vírgenes, previamente clasificados, se clasifiquen con una categoría superior, a la del aceite de menor categoría utilizado. Lo que supone el certificado de defunción para la industria fabricante de vinagreras.

El presidente de APRORA cree que estas botellas ofrecen "la mejor calidad e imagen al producto".

El presidente de la cooperativa La Equidad expresa también su preferencia por el cristal como persona y consumidor.

Gestor de un trujal en Oion, cree que la propuesta lanzada por el Ministerio de Agricultura "es volver a los años 50".