Vitoria - En el contencioso que el Deportivo Alavés mantiene desde hace más de un año abierto con Mauricio Pellegrino y su equipo técnico -sus ayudantes, Xavier Tamarit y Carlos Compagnucci; el entrenador de porteros, Javier López Vallejo; y el preparador físico, David Rodríguez- por la reclamación de estos del abono de la prima por la disputa de la final de la Copa del Rey de 2017, el club sigue recibiendo varapalos desde la Justicia. Tras una sentencia en primera instancia del Juzgado de lo Social número 4 de Vitoria estimando la petición del entrenador y su grupo de trabajo, el recurso de la entidad del Paseo de Cervantes ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha sido desestimado, según ha podido confirmar DIARIO DE NOTICIAS DE ALAVA, lo que ratifica la primera sentencia.

Por ello, corrobora la obligación que tiene el club de pagar 100.000 euros netos -a los que hay que añadir un 10 % más por la demora y las costas del proceso- a cada uno de los integrantes del que fuera su cuerpo técnico en la temporada 2016-17 al considerar que todos ellos se encontraban englobados dentro de la negociación que llevó a cabo la plantilla para fijar los premios económicos por la presencia en aquella final. Los servicios jurídicos del Alavés estudiarán ahora si siguen con el proceso legal y presentan un nuevo recurso de casación ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo -para lo que tendrían que depositar anteriormente el importe de la condena- o si optan por finiquitar el desencuentro abonando la cantidad fijada.

La disputa entre el Alavés y el equipo de trabajo liderado por Pellegrino venía por la diferencia de criterios a la hora de interpretar el reparto de la prima colectiva que se fijó por la presencia en la final copera. Desde las oficinas del Paseo de Cervantes se alegó desde el primer momento que no había procedido al pago de la misma a los cinco componentes por considerar que se encontraban fuera de la negociación de dicho premio al tener fijadas en sus propios contratos distintas remuneraciones en función de objetivos. En su reclamación, los técnicos alegaron que dentro de sus contratos se recogía una estipulación en la que se mencionaba expresamente su participación en el reparto de las primas colectivas. “La discrecionalidad del club está referida a la determinación de la cantidad de la prima al no haberse concretado un importe concreto, no a la concesión de la misma a los actores”, señala la argumentación de la sentencia, en la que se valora que tanto en los contratos de cuerpos técnicos precedentes como en las pruebas testificales se evidencia que el grupo de trabajo de Mauricio Pellegrino debía ser partícipe del premio económico por la final copera.

dos sentencias ya en contra El club albiazul deberá determinar ahora si prosigue con el litigio en el Tribunal Supremo o si pone fin al contencioso con el abono de las primas. Tras dos sentencias en contra de sus intereses, la entidad del Paseo de Cervantes se acerca peligrosamente a tener que realizar un importante desembolso, ya que los 500.000 euros globales a pagar son en importe neto, por lo que hay que abonar también los impuestos correspondientes.