De acuerdo con lo establecido en las Normas para la Calificación de los vinos con derechos a la Denominación de Origen Calificada Rioja, el Consejo Regulador viene realizando la toma de muestras para la verificación de la calificación de los vinos de la campaña después de la fermentación y, en el lugar de la misma. Por esta razón, los operadores no podrán efectuar ningún traslado de mosto o vino de la añada 2022, hasta en tanto no se haya efectuado la Declaración de la Cosecha y obtenido el resultado de la verificación de la calificación.

Sin embargo, el Consejo, teniendo en cuenta las especiales características de la elaboración de vinos blancos y rosados y la influencia en la misma de una tecnología concreta y definida, que puede afectar de una forma determinante a la calidad de estos vinos, podrá autorizar únicamente el traslado de mostos blancos y rosados cuando haya una justificación técnica de mejora de la calidad y la bodega receptora disponga de medios técnicos adecuados.

Para ello, quien vaya a realizarlo, deberá solicitar, por escrito, la autorización de traslado y la justificación técnica del mismo, siendo obligatorio llevar una copia de la autorización en el vehículo que realice el transporte. Esta autorización se expedirá exclusivamente para la elaboración de vinos blancos y rosados que serán controlados desde la bodega de procedencia y quedarán supeditados en la bodega de destino a la verificación de la calificación del Consejo Regulador. Sólo podrá dedicarse el mosto blanco a la elaboración de vinos blancos y el mosto rosado a la elaboración de vinos rosados.

Por parte del servicio habilitado de veedores del Consejo Regulador, se establecerán las medidas adecuadas para el mejor control y vigilancia de dichos traslados, lo que se indicará en la autorización correspondiente.