Vitoria - Las reclamaciones por los impuestos de Plusvalía cobrados en aquellos casos en los que se ha perdido dinero con las compraventas de propiedades continúan su curso en la burocracia municipal. Hasta el momento, el Ayuntamiento de Vitoria ha gestionado un total de 70 recursos, sumando los tramitados por la vía administrativa con los correspondientes a la contencioso administrativa. Aunque todavía quedan muchas solicitudes de devolución pendientes de resolución, el Consistorio gasteiztarra ha devuelto hasta la fecha un total de 548.271 euros a los demandantes.

La tramitación de reclamaciones ha vivido dos fases en el Ayuntamiento de Vitoria. Inicialmente, cuando se dictó la sentencia que anulaba la norma foral de Gipuzkoa “y para evitar costas en procesos contenciosos administrativos”, según precisan los técnicos municipales, se estableció un sistema sencillo. El Consistorio empezó a estimar los recursos sobre liquidaciones “vivas” a transmisiones cuya fecha de adquisición y venta se fijaba entre 2005 y 2016. Es decir, que los técnicos establecieron una barrera temporal en el año 2005, fecha en la que se aprobó la ponencia de valores catastrales, y decidieron que todos los casos de compraventa registrados en fechas posteriores a este ejercicio daban como resultado pérdidas para los transmisores. “En su práctica totalidad cumplen con este requisito de que no hay incremento”, precisan.

Sin embargo, desde el gobierno municipal confirman que este procedimiento ha quedado obsoleto y detallan que, en la actualidad, se aplica un baremo distinto a la hora de estimar o desestimar las reclamaciones relacionadas con el impuesto de Plusvalía. Ahora se siguen los dictados recogidos en el Decreto normativo de Urgencia emitido por la Diputación Foral de Álava a este respecto.

ficción jurídica En primer lugar, el documento reconoce el error contenido en la Norma Foral que regula el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana y asegura que “estamos en presencia de una auténtica ficción jurídica conforme a la cual la mera titularidad de un terreno de naturaleza urbana genera, en todo caso, en su titular, al momento de su transmisión y al margen de las circunstancias reales de cada supuesto, un incremento de valor sometido a tributación, y por lo tanto una capacidad económica susceptible de imposición, respecto del cual, la norma no permite acreditar un resultado diferente al resultante de la aplicación de las reglas de valoración que contiene”.

Una vez admitida la fallida redacción del documento, plantea “un sistema de cuantificación objetiva de capacidades económicas potenciales”, consistente en determinar el incremento de valor de los terrenos por la comparación de los valores de adquisición y transmisión de la propiedad de los terrenos. “De esta forma, existirá incremento de valor de los terrenos cuando el valor de transmisión sea superior al de adquisición”, resume el texto foral.

Así las cosas, los técnicos indican que para solicitar la devolución de las cantidades abonadas en concepto de pago de impuestos de Plusvalía, es necesario aportar documentación que avale que el precio de compra es superior al de la venta posterior. Quienes reclaman no sólo obtienen el ingreso íntegro de lo abonado, sino que reciben, además, los intereses de demora que oscilan entre el 3,75% y el 4,375% en función de los años en los que se realizaran los pagos.

sentencias Por el momento, las administraciones han ido respondiendo a las sentencias que se han publicado en contra de las normas forales que regulaban el impuesto. La postura del Tribunal Supremo ha consistido en anular dichas normas “en la medida en que gravan situaciones de pérdidas”, no “en los casos en los que se producen pérdidas”, lo que abre la puerta a las interpretaciones. Algunos expertos juristas consultados defienden que la norma no es válida en ningún caso, no únicamente en aquellos en los que se han producido pérdidas, y han reclamado ante el Ayuntamiento la devolución de todos los pagos de plusvalías realizados por sus clientes, independientemente de que éstos hayan perdido o ganado dinero en las compraventas.

De hecho, señalan que en casos de promociones de viviendas de Vitoria en las que los inversores compraron los terrenos en 2012 y vendieron los pisos en 2016 obteniendo grandes beneficios, el Ayuntamiento ha accedido a la devolución de las plusvalías más el interés correspondiente. En cualquier caso, los juristas se encuentran a la espera de que en breve se publique una sentencia en Madrid cuyo contenido vendrá a despejar todas las dudas suscitadas.

En las oficinas del Síndico indican que son muchos los ciudadanos que se han dirigido a ellos para pedir ayuda con la tramitación de los documentos. Explican que los recursos de reposición realizados dentro del mes que se ofrece para responder han sido admitidos y liquidados por parte del Ayuntamiento. No obstante, señalan que los ciudadanos que han reclamado son aquellos que, efectivamente, han perdido dinero con las transmisiones y recomiendan aportar las escrituras de compra y de posterior venta para garantizar los cobros.