Anulada una cláusula de cuotas crecientes de una hipoteca
Un juzgado de la capital alavesa la ha considerado nula al entender que era “abusiva”
vitoria - Un juzgado de la capital alavesa ha declarado nula por abusiva la cláusula de un préstamo hipotecario que establecía el pago de cuotas mensuales crecientes para amortizar el crédito y obliga a la entidad prestamista, la Caja Rural de Navarra, a establecer cuotas iguales. La Unión de Consumidores de Euskadi dio ayer a conocer esta sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Vitoria tras la demanda presentada por un hombre que pidió en octubre de 2005 un préstamo hipotecario de 190.000 euros y 35 años de amortización para la compra de una vivienda.
El demandante denunció este crédito al considerar abusivas dos de sus cláusulas: una de suelo-techo limitativa del tipo de interés variable a la baja y al alza (cláusula suelo de 2,50% y techo de 18%) y otra que establecía la amortización mediante cuotas crecientes un 0,75 % anual. Por lo tanto estableció un tipo de interés fijo durante los primeros 12 meses al 2,80% y variable a partir de dicha fecha con referencia al Euribor y un diferencial de 0,60%. Sin embargo, la entidad incluyó una cláusula suelo de 2,50%, que impedía beneficiarse de las bajadas del Euribor, y una cláusula de progresión creciente de las cuotas mensuales en un 0,75% anual. La sentencia señala sobre esa cláusula de cuotas crecientes que es un sistema de amortización complejo cuya única ventaja es que al comienzo del préstamo el cliente abona una cuota mensual menor pero cuyo importe aumenta hasta el punto de que puede llegar a duplicar la cantidad mensual inicial. - Efe