- El vodevil de la Justicia española, capaz de decidir para Madrid todo lo contrario que para Lleida o Valladolid, pone de manifiesto el fracaso de la gestión institucional después de dar un balón de oxígeno a la derecha y, en concreto, a Isabel Díaz Ayuso al revocar el cierre de la Comunidad que preside y que decretó el Gobierno de Pedro Sánchez. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) rechazó ayer las medidas restrictivas del Ministerio de Sanidad que impedían la movilidad en diez municipios del territorio, entre ellos la capital del Estado, al entender que son “una injerencia de los poderes públicos en los derechos fundamentales de los ciudadanos sin habilitación legal que la ampare”. Una resolución que supone un doble rasero después de que recientemente avalara la segregación de barrios del territorio sin tener en consideración la limitación de esos derechos. En este escenario, Sánchez sopesa aplicar el estado de alarma, “un instrumento eficaz” que su Ejecutivo “siempre ha contemplado”, aunque dijo querer hacerlo “respetando las competencias” de la Comunidad y negociándolo con Ayuso. Moncloa solo puede decretarlo por dos semanas, ya que a partir de ahí necesita el apoyo del Congreso para prorrogarlo y puede contar con la negativa del PP, que baraja alternativas que sin embargo no serían de aplicación urgente porque requieren modificaciones legales. Génova tiene además en su punto de mira al ministro Salvador Illa, de quien reclaman su cabeza.

“Consideramos preocupantes las cifras del covid y tenemos que poner todos los instrumentos sobre la mesa, sustentando todas nuestras decisiones en criterios científicos, técnicos y siendo proporcionales”, señaló Sánchez durante su encuentro en Argelia con el presidente Abdelmadjid Tebounne. “El estado de alarma es un instrumento constitucional. Pero no depende solo del Gobierno. Es evidente que en junio no había apoyo para hacerlo. Pero eso es pasado. Si la Justicia dice que este no es el camino hablaremos con Madrid y buscaremos otra solución”, destacó tras el varapalo a su propia estrategia jurídica. Horas después, ya por la noche, Moncloa confirmó que Sánchez ha convocado un Consejo de Ministros extraordinario para hoy mismo en cuya agenda está la declaración del estado de alarma en Madrid durante, al menos, 15 días.

Por su parte, Ayuso afirma trabajar en una nueva orden que incluya medidas de restricción “sensatas, justas y ponderadas” para Madrid, listas para hoy, al tiempo que recomienda a sus ciudadanos, como prevención, que no salgan de la Comunidad durante este puente festivo. Aprovechó para cargar contra unas decisiones del Ministerio que a su parecer habían sido “precipitadas, no consensuadas y que afectaban a derechos fundamentales de millones de ciudadanos”. “Así lo han entendido también los tribunales. Pedimos juntos y de manera homogénea, como hace el TSJM, una normativa sencilla, clara y que ambas administraciones, todas las comunidades, podamos cumplir y hacer cumplir”, apuntaló. En paralelo, el líder del PP, Pablo Casado, aseguró que Illa está en una situación “insostenible” por haberse movido con una “motivación política y partidista contra toda una comunidad autónoma”. Es más, dijo que desde el Gobierno de Sánchez se lanzó “un mensaje de miedo y de temor a la población”. “Hay que tener lealtad institucional e intentar dar tranquilidad a los españoles y tener criterios científicos, basados en los médicos”, subrayó.

La Sección Octava de la Sala de lo Contencioso del TSJM entiende que la orden de Sanidad se dictó al amparo del artículo 65 de la Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, pero en opinión de los magistrados ese artículo “no contiene una habilitación legal para el establecimiento de medidas limitativas de derechos fundamentales”. E inciden en que en el orden constitucional español corresponde a los representantes de los ciudadanos en las Cortes Generales “la delimitación y la modulación de los derechos fundamentales de las personas, bajo las exigencias de proporcionalidad, certeza y previsibilidad y, en todo caso, respetando su contenido esencial”.

En el fallo, los magistrados justifican su dictamen en que ahora nos encontramos ante un marco legal “que difiere sustancialmente del que fue objeto de análisis” al ratificar las medidas que entraron en vigor a finales de septiembre en 45 zonas sanitarias, ya que ahora se trata de un mandato del Ministerio. O lo que es igual, aquel confinamiento por barrios, aseveran, se amparó en una ley orgánica que habilita a las Administraciones a restringir derechos fundamentales mientras que el cierre de Madrid instado por Sanidad se basó en la citada Ley de Cohesión y Calidad, del año 2003, que, según los magistrados, no permite limitar la libertad de movimientos de los ciudadanos.

El TSJM cree que existen “instrumentos jurídicos de diversa naturaleza que ofrecen cauces jurídicos diferentes para delimitar, modular, restringir e incluso suspender los derechos fundamentales de las personas, respetuosos con las garantías constitucionales”. concluye. Un argumentario que abriga a la cuestionada Ayuso, propina un golpe a Moncloa y, sobre todo, enturbia aún más el crispado ambiente político-jurídico en el país europeo, y en la comunidad, con peores datos sanitarios.

“El estado de alarma es un instrumento eficaz y constitucional que se ha contemplado siempre”

Presidente del Gobierno español

“Las medidas deben ser sensatas, ponderadas y justas, y los tribunales así lo han entendido”

Presidenta de la Comunidad de Madrid