MADRID. El Ministerio Público ha impugnado ante el alto tribunal los ocho recursos de casación de las defensas de los condenados contra la resolución de la Audiencia Nacional que impone penas de 2 a 13 años de cárcel a los ocho jóvenes por delitos de atentado a agentes de la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas.
Así, la Fiscalía se limita a impugnar los escritos de los condenados al considerar que a la vista de las dos sentencias dictadas hasta ahora, que rechazan calificar los hechos de terrorismo como así solicitó el Ministerio Público, no era procedente seguir recurriendo ante el Supremo.
En su respuesta a las defensas, el fiscal aprecia prueba suficiente para ratificar la condena al entender que las lesiones vienen agravadas por la discriminación por motivos ideológicos de las víctimas dada su condición de guardias civiles.
Y se opone también a la supuesta parcialidad de los magistrados de la Audiencia Nacional, por haber sido condecorados por la Guardia Civil y por el matrimonio de uno de ellos con un miembro del Instituto Armado, de manera que no se puede sostener que hubieran actuado de forma sesgada.
Las dos resoluciones de la Audiencia agravaron las penas por discriminación, al entender que la motivación de los acusados fue la pertenencia de las víctimas a la Guardia Civil, pero descartaron la calificación de terrorismo.
Entre otros motivos, porque los acusados eran menores cuando la banda terrorista anunció el cese de la "lucha armada", lo que determina "no solo la falta de apoyo logístico, sino la ausencia de directrices u órdenes e incluso que la intención de los condenados fuera actuar en nombre o coadyuvando en algo a la organización terrorista ETA".