Desde su creación siendo ministro de Justicia, el socialista Juan Alberto Belloch, el Jurado Popular ha transitado entre dos aguas. Por un lado están los defensores a ultranza de una institución que “con los datos en la mano ha funcionado bien”, sostiene Edmundo Rodríguez, coordinador de Jueces para la Democracia (JpD) en Euskadi. En la otra orilla se encuentran quienes, como la abogada Salomé Ayo, ponen en tela de juicio la profesionalidad del jurado, “sobre todo en los casos complejos e incluso en los que tienen relevancia mediática”.

Edmundo Rodríguez reconoce que este tribunal del pueblo tiene atribuida una competencia legal muy reducida. “Además hay algún prejuicio antijuradista no solo entre la sociedad, sino también entre los propios juristas. Siempre que hay un asunto que debiera corresponder al Jurado, se buscan fórmulas para evitar que enjuicie el delito. De algún modo los profesionales del derecho implicados buscan excusas para tratar de huir de esta institución. Por otro lado, es indudable que es un tribunal caro, que obliga a destinar recursos de la Administración de Justicia. Pero el jurado existe en nuestro ordenamiento jurídico, ha demostrado su virtualidad, y constituye uno más de los órganos jurisdiccionales que conforman nuestro sistema judicial, permitiendo así cumplir el mandato constitucional de participación popular en la justicia”, explica con vehemencia.

En estas dos décadas se han abierto cerca de 10.000 procedimientos, de los cuales más de la mitad han terminado en juicio. Una media superior al 89% de las vistas con ciudadanos termina en condena, un porcentaje superior al de los jueces en prodecimientos sumarios (85%) o abreviados (79%). La credibilidad de los fallos del jurado popular se cuenta por la estimación parcial o total de los recursos ante los tribunales profesionales. Según los datos del Consejo General del Poder Judicial se estiman un 27% de las apelaciones, mientras que las casaciones al Supremo se sitúan en el 20%. El alto tribunal anula en su totalidad solo una de cada cinco sentencias que dicta el jurado popular y de forma parcial, el 13% del total. “Es verdad que existen decisiones puntuales revocadas pero esto sucede también en los tribunales convencionales”, dice el coordinador de Jueces para la Democracia en Euskadi.

división de opiniones Para la abogada Salomé Ayo “el jurado popular no percibe los aspectos que aprecia el juez porque carece de conocimientos jurídicos; es más fácil que cedan ante un abogado convincente, mientras que un juez ya está curado de espanto; estos están acostumbrados a oír a letrados excelentes que no tienen la razón pero que argumentan muy bien. El jurado se presta más a caer en la trampa de un buen abogado”, apunta.

Entre los jueces también existe la división entre los que apuestan por un tribunal puro y otro mixto. Edmundo Rodríguez reconoce que hay argumentos para ambas tesis. “Porque quienes defienden el sistema escabinado pretenden combinar la experiencia del juez profesional y la espontaneidad y percepción social media del “juzgante” no profesional. Pero el inconveniente que presenta es el ascendiente del juez profesional sobre el lego en derecho”, dice.

La experiencia dice que cuando el jurado es mixto el elemento técnico prepondera y arrastra al jurado no profesional. Sin embargo, si las preguntas del veredicto se formulan correctamente por el Presidente del Tribunal del Jurado, que es profesional, la respuesta que se obtiene suele ser sensata y razonada, muy acomodada a la realidad de la prueba que se ha obtenido en el juicio oral. Cuando el jurado es mixto el juez profesional suele arrastrar a quienes no lo son a sus tesis.

“Yo creo que el sistema actual es el más razonable. Es un jurado compuesto por nueve jueces no profesionales, que deciden sobre los hechos, sobre si hay o no delito y la culpabilidad. El Presidente del Jurado es un juez profesional, que garantiza que si no hay prueba suficiente el tribunal será disuelto. Pero además si hace bien su trabajo, si presenta las preguntas del veredicto de forma clara y precisa, se ha demostrado que funciona correctamente, que se obtienen resoluciones sensatas y razonadas, y normalmente refrendadas por las instancias superiores”, argumenta el portavoz de Jueces para la democracia.

experiencia positiva Mientras la abogada Salomé Ayo opina que la ciudadanía no ha asumido la figura de la Institución “un 15% huyen tras salir elegidos en el sorteo, aunque es muy difícil escaquearse”, Edmundo Rodríguez asegura que los ciudadanos que han tenido una experiencia la recuerdan de forma positiva. “No pasa sólo aquí, sino con otras obligaciones ciudadanas a primera vista incómodas, como participar en una mesa electoral, a la que nadie quiere ir pero que luego se perciben como una vivencia enriquecedora, que además contribuye a la transparencia del sistema democrático. En el caso del Tribunal del Jurado pasa algo semejante, porque son muchas las excusas que se plantean, pero quienes finalmente son elegidos, tras padecer las incomodidades que supone la presencia durante el juicio y el aislamiento en la deliberación, valoran positivamente esa actividad”, recalca. Y es que la participación ciudadana en las instituciones democráticas y la propia justicia es un poder que emana de la soberanía popular, que se propicia de formas muy diversas, y una de ellas es asegurar que parte de la administración de justicia está conformada por ciudadanos que nada tienen que ver la judicatura.

Los contrarios a la Institución del Jurado esgrimen criterios técnicos que para sus defensores los estudios del CGPJ echan por tierra. El índice de revocaciones de sentencias de jurados son similares a los de los jurados profesionales. “Se ha instalado la sensación contraria, pero la realidad es incontestable: el jurado acierta en sus sentencias tanto como los tribunales de jueces profesionales. Es verdad que hay casos llamativos, que enseguida vienen a la mente de todos, al pensar en el Tribunal del Jurado. Pero creo que podemos hacer un ejercicio semejante y enseguida recordaremos también resoluciones judiciales insólitas que han dictado jueces profesionales”, subraya el portavoz de Jueces para la Democracia.

elección por sorteo La abogada Soledad Ayo recalca que no le gustaría ser juzgada por un jurado popular, no porque desconfíe de la fiabilidad de los fallos. “Pero en muchas ocasiones deben de enfrentarse a asuntos muy técnicos para los que pienso que no están preparados. Para empezar son personas elegidas de forma aleatoria que no tienen porqué tener conocimientos de derecho; como mucho les puedes pedir razonamientos lógicos, pero no un dictamen jurídico. Esto es una diferencia muy importante”.

Sobre si las sentencias son similares a las de un tribunal tradicional, Edmundo Rodríguez reconoce que “los tribunales son distintos, y las sentencias también; el juez profesional es más técnico, experimentado y actúa con la altura que propicia la calidad de su formación. Conoce mejor la técnica de la motivación y de la respuesta a las demandas de tutela judicial que se le plantean”, explica, mientras reconoce que el juez lego es todo naturalidad y nada de prejuicio. “Cada caso lo vive con absoluta intensidad, pues es el único que enjuicia. Su capacidad de motivar es menor, pero su percepción del resultado de la prueba es altísima. Además responde bien a estándares de conocimiento y sensibilidad media que habitualmente usamos en la judicatura”, señala por experiencia.

Acercar la justicia El tribunal del jurado fue creado para acercar la administración de justicia a la ciudadanía. Los requisitos son tener la nacionalidad española, ser mayor de edad, saber leer y escribir y no estar impedido ni aforado. Aunque no se muestra partidaria de la figura del jurado popular, la abogada Salomé Ayo sí reconoce que la institución es “más democrática que los tribunales convencionales porque responden a la opinión de la gente normal, con vivencias y asuntos sociales diferentes. Al final, algunos jueces viven en su mundo. Son un poco dioses y creen que saben más que los demás”, apunta, al tiempo que sonriente confía en no tener que ejercer de jurado. “Espero que no me llamen”, dice.

Los defensores de la Institución plantean revisar el catálogo de delitos juzgados por el jurado. “Creo que la experiencia en estos 20 años es positiva. La reinstauración fue muy costosa, y una conquista de la democracia tras haber sido suprimida por la dictadura. Se hizo con prudencia, y con claroscuros, parecidos a los de la justicia en general, pero se ha ido “normalizando”. Ahora es otro tipo de órgano judicial distinto al tradicional, que obliga a los ciudadanos a implicarse en una tarea que exige responsabilidad, como es la de juzgar. Y los ciudadanos han aprobado con muy buena nota”, subraya Edmundo Rodríguez, que considera que ya es momento de ampliar sus competencias a otros delitos. “Hay algunos que es absurdo que le sigan encomendados como el allanamiento de morada o las coacciones, pero cabría extender su aplicación a otros, visto el éxito de estos años”.

la lista de delitos Actualmente, la lista de delitos para el jurado popular son parricidio, asesinato, homicidio, inducción al suicidio, cohecho, malversación, fraudes y exacciones ilegales, trafico de influencias, negociaciones prohibidas a funcionarios, omisión del deber de socorro, allanamiento de morada, amenazas e incendios forestales. En el caso de los delitos conexos, aquellos casos en los que algunos delitos imputados son competencia del jurado y otros no, el Tribunal Supremo ha ido haciendo diversas aclaraciones. La última fijaba que corresponderá a un jurado aquellas conductas cuyo objetivo principal sea la realización de un delito previsto en el anterior catálogo. Si hubiese dudas la competencia se determinará de acuerdo con la que corresponda al delito más gravemente penado. Igualmente el Supremo también dejó meridianamente claro que la prevaricación, clave en los casos de corrupción, no la juzga el tribunal popular.

La culpa de que haya tan pocos delitos juzgados por el jurado popular obedece, a juicio del coordinador de Jueces para la Democracia en Euskadi, a una reticencia histórica a que hubiera Jurado. “Cuando se reintrodujo, hubo una gran resistencia política y jurídica. Hoy en día siguen existiendo muchas reservas, que propician que los protagonistas técnicos del proceso, los juristas concernidos, traten de huir de esta forma de enjuiciar. Me temo que prefieren lo que conocen, la liturgia del proceso y la psicología del juez profesional, que la aventura de tener que convencer a nueve personas sin conocimientos jurídicos de que un hecho ocurrió, y que su autor es culpable de un delito. Eso que, precisamente, es lo que debiera constituir la esencia del juicio oral, en el que nuestro ordenamiento jurídico hace muchas protestas de que no se tenga en cuenta lo instruido... con escaso éxito”, subraya.

triquiñuelas jurídicas Estos veinte años no han servido, según la abogada Salomé Ayo, para que la Institución cale entre la sociedad. “La gente no quiere participar en estos tribunales; no se siente corresponsables a la hora de impartir Justicia. Esto no es EEUU donde la ciudadanía está concienciada; allí tienen otra cultura judicial y hasta canales dedicados de TV donde retransmiten permanentemente juicios populares”.

Por contra, Edmundo Rodríguez considera que si el Jurado no ha evolucionado más ha sido por las reticencias de muchos juristas. “Lamentablemente, cuando un asunto puede ser enjuiciado por un Jurado Popular, se buscan deliberadamente, desde profesionales del derecho, fórmulas para eludir que el asunto sea enjuiciado por el Jurado. Esto tiene una explicación y es que los juristas , fiscales, jueces, instructores están muy cómodos instalados en lo que saben y en el proceso que conocen. Cambios quieren pocos”, dice.

En esta línea asegura que los abogados saben como va en general a responder un juez ante ciertos estímulos en la sala. “Sin embargo esos mismos juristas carecen de experiencia cuando tienen enfrente a nueve ciudadanos que nada saben de derecho y para los que todo es nuevo. Convencerlos no es sencillo. No se conoce cómo van a reaccionar un grupo de ciudadanos ante los que se está desarrollando la prueba que solo se creen lo que ven y oyen y nada más. Para eso hay que tener unas destrezas distintas y una capacidad argumentativa y de convencimiento que obligan a un esfuerzo muy importante. Repito: los jurados no se dejan influir por lo que no está en el proceso, por lo que no está en el juicio”, recalca.

Por eso Rodríguez cree que ese tipo de temores de muchos profesionales de la fiscalía, judicatura o la abogacía, conduce en muchas ocasiones a buscar triquiñuelas para que el juicio no se enjuicie como jurado, sino por un tribunal tradicional profesional.