La Audiencia de Huesca ha condenado a los tres adultos de la conocida como 'manada de Huesca' a más de 26 años de prisión como autores de un delito de acoso y otro continuado de agresión sexual a una menor que en el momento de los hechos, cometidos entre finales de 2019 y principios de 2020 en el barrio del Perpetuo Socorro de la capital altoaragonesa, tenía sólo 14 años.

La resolución judicial establece para Juan Ramón G.L. --alias 'Ñoño'-- y Juan Antonio G.G --alias 'Antoñito'-- penas de más de cinco años de cárcel y para Mateo MN, de 15 años. Al primero, además, se le condena también como autor de tres delitos de agresión sexual cometidos contra otras tres víctimas. Los tres estaban ya en prisión provisional.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, estos tres hombres son condenados "por su participación directa, material y voluntaria" por violar a una misma víctima que ahora tiene 16 años, después de que, antes de la celebración del juicio, las defensas de dos de los acusados alcanzaran un acuerdo de conformidad con el Ministerio Fiscal y la acusación particular.

HECHOS PROBADOS

El tribunal expresa en su resolución que constan probadas una pluralidad de agresiones sexuales desde el 2 de noviembre de 2019 hasta enero de 2020 cometidas por Mateo M.N., junto a los otros procesados que han reconocido los hechos y los menores ya condenados.

Así, ha quedado demostrado que Mateo, que tenía 21 años en el momento de los hechos y antecedentes penales por otros delitos, llevó a la víctima a un descampado en la zona del Parque de Los Mártires de Huesca, junto a otros menores que le acompañaban. Cuando la joven trató de abandonar el lugar, le amenazó con expresiones del tipo "como te vayas, tendrás problemas".

A continuación, apareció 'Antoñito' quien, tras conocer la edad de la víctima, "la cogió de los brazos, comenzó a besarla y, aunque trataba de evitarlo, la llevó detrás de un remolque, la tiró al suelo y la penetró vaginalmente a la fuerza tapándole la boca para que no gritase", mientras Mateo y los otros dos menores vigilaban la zona, miraban y uno de ellos grababa.

Al terminar, Mateo y los otros dos jóvenes rodearon a la víctima y le dijeron que lo tenían todo grabado y la amenazaron de muerte si no le realizaba una felación. Por último, le dijeron "que se fuera por donde había venido, que era una puta, una zorra y que, si denunciaba, enseñarían el vídeo".

Desde entonces y al menos hasta marzo de 2020, los tres condenados y los menores que les acompañaban, seguían a la víctima por la calle para amedrentarla, hasta el extremo de que llegaron a perseguirla con un machete, a intentar meterla en el maletero de un coche a la fuerza y a cogerle y estirarle del pelo mientras estaba subida en una moto.

El 3 de marzo de 2020, Mateo, Juan Ramón y uno de los menores, al interceptarla por la calle, la agredieron y la volvieron a violar en una casa abandonada en varias ocasiones.

El 9 de enero de 2020, golpearon a la víctima con palos en piernas y brazos dejándole moratones y, en otra ocasión, Juan Ramón y Mateo encendieron fuego en una caseta abandonada e intentaron meter a la menor en la misma. El 1 de marzo, tuvo otro lugar otra violación.

El tribunal entiende que "con esas formas de proceder, amedrentaban y sometían a la víctima a su voluntad y así le obligaban a practicarles felaciones y a tener relaciones sexuales en contra de su voluntad", sumiéndola en "un estado de hipervigilancia".

MÁS AGRESIONES SEXUALES

Las otras agresiones sexuales a otras menores fueron cometidas por Juan Ramón G.L. en octubre de 2020, cuando pasó a recoger en su coche a una menor al centro donde estaba tutelada, a la que manoseó e intentó violar, pero en este caso la víctima consiguió zafarse. Ese mismo mes, agredió sexualmente a otra menor y, de nuevo, el 6 de noviembre, hizo lo propio con otra, que también logró escapar.

Es por ello que Mateo ha sido condenado a 14 años y 6 meses, a la prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima a menos de 500 metros en 24 años, libertad vigilada de 10 años tras su salida de la cárcel y la inhabilitación por 20 años para cualquier actividad que conlleve contacto regular y directo con menores, a lo que hay que sumar otros seis meses de prisión por el delito de acoso.

En cuanto a los acusados que habían llegado al acuerdo de conformidad, a los que se aplican las atenuantes de dilaciones indebidas y de reparación del daño, han recibido la pena de cinco años de cárcel, la prohibición de comunicarse o aproximarse a la víctima durante 15 años, 10 años de libertad vigilada y otros 10 de inhabilitación para cualquier profesión que conlleve contacto regular y directo con menores.

Asimismo, por otros tres delitos de agresión sexual "sin acceso carnal" cometidos sobre otras tres menores, la Audiencia ha condenado a Juan Ramón G.L. a cuatro meses de prisión, prohibición de aproximarse a las víctimas durante diez años y una medida de libertad vigilada de cinco años y la inhabilitación durante diez años a ejercer cualquier oficio que conlleve contacto regular y directo con menores, a lo que hay que añadir otros dos meses y 20 días por acoso.

Además, los tres deberán indemnizar de forma conjunta y solidaria a la víctima principal con 30.000 euros y Juan Ramón G.L. deberá abonar a las otras tres menores agredidas 10.000, 9.000 y 9.000 euros, respectivamente.