Pruebas de alcoholemia en los “lugares y circunstancias” en los que está prohibido consumir esta sustancia e instalar en las máquinas expendedoras mecanismos de vigilancia y custodia directa que impida a los menores adquirir bebidas alcohólicas. Son dos de las medidas que figura el anteproyecto de la ley de prevención del consumo de alcohol y sus efectos en los menores de edad que aprobó ayer el Consejo de Ministros en su última reunión antes de las vacaciones.

El objetivo final de este anteproyecto de ley es claro: retrasar la edad de inicio de su ingesta, proteger de sus consecuencias y aminorar los episodios de consumo intensivo, el anteproyecto de ley. Y es que el inicio del consumo de alcohol empieza de media a los 14 años. Además, un 76% de los menores han consumido alcohol en el último año; un 56% en el último mes y un tercio –un 28% de los menores– lo han hecho de manera intensiva. Asimismo, el 92 % de los menores dicen que tienen prácticamente un acceso libre al alcohol. “Tenemos cifras que están por encima de los países del entorno”, advirtió ayer, la ministra de Sanidad Mónica García. “No existe cantidad de consumo del alcohol que no tenga riesgo; no existe la dosis buena de alcohol y mucho menos para los menores”, señaló la ministra que incidió en que .el consumo precoz de alcohol “tiene consecuencias en el desarrollo”. “El alcohol es perjudicial para la salud y para el neurodesarrollo de nuestros chavales. Y lo que es evidencia científica, nosotros desde el Ministerio de Sanidad lo hacemos ley”, señaló García.

Para ello, Sanidad quiere habilitar a las fuerzas de seguridad a realizar pruebas de alcoholemia, que se harán a menores y adultos y se limitarán a métodos no invasivos como el etilómetro, en los lugares en los que no se puede beber. El texto prevé la posibilidad de suspender las hipotéticas multas a cambio de participar en programas preventivos de sensibilización o rehabilitadores; de hecho, el espíritu de la futura ley es “contribuir a un cambio cultural” desde una orientación educativa, “no punitiva”, según la ministra.

Respecto a la exposición y acceso en los establecimientos de autoservicio, queda restringida a un espacio concreto dentro del propio local que esté separado de los espacios con productos específicamente destinados a las personas menores de edad.

Los locales dedicados mayoritariamente a vender productos para menores no podrán comercializar bebidas alcohólicas ni otros productos que los imiten, ni exhibirse en los escaparates o en el interior, aunque estén vacíos.

E. P. Menores consumiendo alcohol en una vía pública. Foto: E. P.

Sin cerveza en partidos de niños

Siguiendo la premisa de retrasar lo máximo posible el inicio en la ingesta de alcohol, el anteproyecto de ley plantea prohibir el alcohol para todas las personas en centros docentes de educación infantil, primaria, secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional y de enseñanzas especiales.

También en centros de protección de menores y residencias de estudiantes que los admitan, en otros centros de menores o destinados a su uso y en “centros deportivos, de ocio o espacios dedicados a espectáculos públicos cuando haya sesiones que se hayan concebido expresamente para personas menores de edad”. Es decir, en un partido de menores no se podrá consumir cerveza, aunque paradójicamente sí en los de adultos aunque haya menores de edad presentes. Del mismo modo, se prohíbe la venta ambulante y sin licencia administrativa en la vía pública y en los demás lugares y circunstancias establecidos en otra ley u ordenanza municipal.

El suministro automático de bebidas alcohólicas requerirá que las máquinas de dispensación, que no podrán instalarse en la vía pública ni en lugares donde esté prohibida la venta o consumo de alcohol, incluyan “mecanismos técnicos eficaces, con vigilancia y custodia directa” que garanticen que los menores no puedan comprar.

El anteproyecto pretende vetar “cualquier forma directa, indirecta o encubierta de publicidad” de bebidas alcohólicas o productos que simulen ser una, incluyendo el nombre comercial, símbolos o marcas comerciales de las personas o empresas productoras de dichas bebidas, dirigida a menores.

Además, en la publicidad o comunicaciones comerciales no se podrá usar la imagen o la voz de menores de 21 años o de mayores de esa edad cuando se presenten caracterizadas o disfrazadas de menores.