La sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha ratificado su negativa a que se exija el 'certificado Covid' para acceder a los locales de hostelería, tal y como se acordó en otro auto el pasado 29 de julio.
De esta forma, el TSJC vuelve a fallar en un auto, hecho público este martes a raíz de una causa promovida por la asociación 'Liberum', la suspensión de que haya que presentar un documento con pauta vacunal completa, prueba diagnóstica de infección activa con resultado negativo y realizada 72 horas antes o certificado de haber pasado la covid-19 en los últimos seis meses, para poder acceder al interior de los locales.
Además, deja sin efecto la determinación de aforos establecida en la resolución anterior.
l auto admite la "buena fe" del Gobierno de Canarias al impulsar la medida para afrontar la crisis sanitaria pero entiende que hay un "riesgo" de que muchos ciudadanos queden excluidos de su libertad constitucional dado que la vacunación es voluntaria.
Además, la Sala ve "serias dudas" sobre la idoneidad de la medida dado que las personas vacunadas también transmiten la covid-19 y no se le exige a los empleados del local, en línea con lo fallado por la Sala de Granada.
Según el auto, "la medida controvertida establece un deber exclusivamente a cargo del cliente, consumidor o usuario, pero no pesa en la misma medida sobre quienes se encuentren desarrollando su prestación laboral en esos mismos establecimientos, de manera que la medida no permite alcanzar el objetivo de preservar del virus determinados espacios, pues podría darse el caso de que cumpliendo todos los clientes de un local con la exigencia de que venimos hablando, sin embargo ninguno de los empleados estuviera en condiciones de cumplirla, de manera que la restricción de derechos de la clientela habría sido en vano".