Bilbao - El Tribunal Supremo determinará el alcance de la potestad de los ayuntamientos para regular el uso de viviendas de uso turístico, tras admitir a trámite un recurso de casación presentado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) que dio la razón al Ayuntamiento de Bilbao en su regulación de ese tipo de pisos.
Este pleito tiene su origen en un acuerdo adoptado por el Ayuntamiento de Bilbao el 25 de enero de 2018, cuando el pleno aprobó una nueva regulación del uso de los alojamientos turísticos en la que se establecía que estos pisos solo se permitirán en la primera planta de los edificios residenciales y limitaba a tres las habitaciones a alquilar, ya que si eran más se consideraría hotel. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia presentó un recurso contencioso administrativo contra la regulación del Ayuntamiento, que fue desestimado en junio por el TSJPV, que respaldó las limitaciones fijadas por el Consistorio. La comisión de los Mercados recurrió la decisión del pleno por entender que la limitación de las viviendas turísticas a tres habitaciones, como se determinó en Bilbao, carecía de justificación y suponía una “barrera para el acceso al mercado de alquiler de habitaciones para uso turístico”. - Efe