Bilbao - El nuevo decreto de Registro de empresas y actividades turísticas de Euskadi (Reate), que fue publicado el miércoles en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV), obliga a las viviendas de uso turístico y las áreas especiales de acogida para caravanas a ser inscritas desde hoy en el registro del Gobierno Vasco, del mismo modo que los hoteles, las pensiones, los agroturismos, las casas rurales y los campings, y no hacerlo puede implicar una multa de hasta 100.000 euros.
La entrada en vigor tiene como finalidad ofrecer información sobre las empresas y las actividades turísticas a todas las personas que lo soliciten y dotar a las administraciones de un instrumento para la ordenación turística y la inspección, control y verificación del cumplimiento de la normativa vigente, así como para la promoción turística.
La regulación, que deroga un decreto previo, viene determinada por la nueva realidad del sector turístico vasco y recoge las diferentes tipologías de establecimientos y empresas turísticas que ordena la actual legislación, entre las que destacan, por ser un fenómeno no incluido en el anterior decreto, las viviendas y habitaciones de viviendas para uso turístico.
Los establecimientos de alojamiento turístico que han de inscribirse en el registro son los hoteles, pensiones, apartamentos turísticos, agroturismos, casas rurales, albergues y campings y otras modalidades de acampada. No obstante, otras figuras previstas en la ley carecen todavía de regulación, como las zonas de acampada libre, las de acampada de titularidad pública y la acampada provisional para eventos. Por ello, hasta que no sean reguladas, no se podrán inscribir en el registro. - DNA / Foto: Oskar Montero