GAsteiz - Después de diez años, la reestructuración era necesaria para poder responder con garantías a las demandas de una sociedad y un sistema educativo más equitativo y con igualdad de oportunidades. Ayer mismo, el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) publicaba el contenido del nuevo decreto que regulará la admisión y escolarización del alumnado en centros públicos y concertados. Y presenta algunas novedades con respecto al anterior marco normativo de 2008. Sobre todo a la hora de repartir los puntos que, en caso de overbooking escolar, determinan la matriculación definitiva o no en un colegio.

El espíritu y la finalidad de la baremación no han cambiado a grandes rasgos, pero sí es cierto que se han tocado algunas teclas. Por ejemplo, se debilita la libertad que tenía cada centro escolar para asignar una valoración a un criterio específico. Antes, con el anterior decreto en la mano, los puntos en juego eran 2 y ahora, con estas nuevas reglas, la Dirección del centro solo tendrá licencia para dar uno. Y en el caso de las cooperativas de enseñanza también se merma ligeramente su poder y se rebaja de 1 a 0,5 los adjudicados por tener la condición de socio.

Otra de las actualizaciones tiene que ver con la renta anual de la unidad familiar, uno de los criterios de admisión y escolarización sobre los que siempre sobrevuela el debate público. Su valoración también se ha visto afectada y ha sido achicada hasta la mitad -el máximo a partir de ahora será de 1,5- con el propósito de intentar minimizar la concentración en determinados centros escolares del alumnado con bajas rentas familiares, tal y como han venido denunciando en numerosas ocasiones sindicatos y agentes de la comunidad educativa.

En este apartado, ilustra el nuevo decreto del Departamento de Educación, “se valorará asimismo el número de hijos o hijas menores de edad distintos de la persona solicitante, como forma de ponderar los ingresos con el número de miembros de la unidad familiar”. Y en los supuestos de tutela por parte de alguna Administración pública, “se asignará a la persona solicitante la máxima puntuación posible en todos los conceptos de este apartado”. En los casos de separación de la pareja, para la aplicación del baremo se considerarán únicamente las rentas de quien ostente, “por resolución judicial firme o convenio regulador”, la custodia del alumno.

Asimismo, tal y como ya adelantó DNA a finales de 2016, se establece una regulación específica para resolver cómo actuar cuando una familia demanda la escolarización en un centro una vez arrancado el curso. De este modo, se busca responder a la cada vez mayor movilidad de la población. Esta circunstancia está generando nuevas necesidades de escolarización de alumnado a lo largo del curso. Cada año, según los últimos datos, el sistema educativo vasco recibe en ese periodo de matrícula viva [nombre técnico de la escolarización con el curso iniciado] alrededor de 3.000 solicitudes que deben ser resueltas con brevedad.

Por todo ello se incorpora al reglamento la figura de la “movilidad forzosa” y la derivada de un cambio de residencia por motivos de violencia machista. En el caso de que la solicitud de escolarización venga motivada por traslado de la unidad familiar debido a la movilidad forzosa de cualquiera de los padres, madres o tutores legales, o a un cambio de residencia derivado de actos de violencia de género, “la persona solicitante deberá ser prioritariamente escolarizada en algún centro cuya zona de influencia corresponda al domicilio o al lugar de trabajo de alguno de sus padres, madres o tutores legales, o a su propio domicilio o lugar de trabajo en el caso de que la persona solicitante sea mayor de edad o esté legalmente emancipada”, concreta el decreto.

Distribución con criterio “Con la regulación que se incorpora en este Decreto se pretende garantizar el derecho a la educación de cualquier persona desde el momento en el que solicita su incorporación a nuestro sistema educativo” reseña otro de los párrafos del texto legal que se comenzará a aplicar ya mismo, en cuanto se abra el periodo de prematriculación en la red de centros escolares públicos y concertados vascos. Según subraya este nuevo decreto, la Comisión de Garantías existente en cada Territorio Histórico será la encargada de decidir el destino del alumno que llega con el curso empezado.

Y lo hará después de haber analizado el caso, sopesado las circunstancias personales y valorado la realidad de cada centro, ya sea público o concertado. Será entonces cuando encamine el destino de ese alumno a un colegio u otro, siempre y cuando haya plazas disponibles. Aunque para resolver este problema, otra de las disposiciones precisa que los concertados tendrán que reservar, al comienzo del curso, un 10% de puestos para este tipo de eventualidades.

De este modo se trataría de revertir una tendencia detectada desde hace años por la comunidad educativa y de la que ya se hizo eco el Consejo Escolar de Euskadi en 2010: el “profundo desequilibrio” existente entre las distintas redes públicas y concertadas a la hora de escolarizar a alumnos extranjeros y de rentas bajas. Según los últimos datos, la concentración de este alumnado en los colegios públicos fue del 74% en el curso de 2015-2016.

Precisamente ayer, sobre este asunto se pronunciaba Gorka Urtaran. El alcalde de Gasteiz defendía que los centros escolares públicos y concertados se impliquen “para reducir la segregación escolar existente en la ciudad donde el alumnado extranjero se concentra en la pública”. Y la Cadena Ser recogía ayer las declaraciones de la plataforma ciudadana Zubiak Eraikiz felicitándose por los pasos dados con este decreto.