madrid ? La Audiencia Provincial de Madrid ha dejado en libertad a la médico Noelia de Mingo, condenada en 2006 a 25 años de internamiento psiquiátrico por matar a tres personas y herir a otras siete en el hospital Fundación Jiménez Díaz de Madrid, y ahora recibirá tratamiento ambulatorio y quedará bajo custodia familiar.
Así, la Audiencia atiende a la petición del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Alicante al comprobar que los informes de psiquiatras y psicólogos coinciden en que tras diez años de régimen interno Noelia de Mingo “no constituye un peligro para los demás ni para sí misma”. De Mingo ingresó la pasada semana de nuevo en el psiquiátrico de Fontcalent, en Alicante, tras tres meses de permiso.
En su resolución, los magistrados sustituyen el régimen interno de Noelia de Mingo por tratamiento ambulatorio y custodia familiar de tal forma que queda a cargo de su madre y bajo estricta vigilancia clínica de su psiquiatra de cabecera, quienes deberán informar de forma puntual de la evolución de su dolencia por si fuese necesario aplicar medidas terapéuticas de urgencia.
Explican que los especialistas del Hospital Psiquiátrico Penitenciario de Alicante y del Hospital Universitario Infanta Sofía de San Sebastián de los Reyes (Madrid), los psicólogos y un trabajador social de la prisión alicantina, el médico forense del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Alicante y la Clínica Médico Forense de Madrid han llegado a la misma conclusión.
Es decir, “si bien Noelia de Mingo padece una enfermedad para la que no se conoce cura, esquizofrenia paranoide crónica, se mantiene estable, no ha vuelto a presentar desde su internamiento episodios de descompensación, es plenamente consciente de su dolencia y reconoce perfectamente los síntomas que pudieran hacerle ver que puede empeorar”.
La Audiencia indica que los especialistas señalan de forma unánime que se ha adaptado al centro psiquiátrico penitenciario y posee clara conciencia del daño ocasionado y recuerdan que ha disfrutado de diversos permisos con buena adaptación laboral y familiar y colaboración plena en el control de su afección.
En su resolución los magistrados recuerdan que la medida de seguridad de internamiento tiene como objetivo la curación de la persona y la posibilidad de volver a vivir en sociedad sin peligro para terceros.
Sobre la inquietud de las víctimas, perjudicados y familiares, señalan que entienden “los sentimientos de temor, impotencia e incluso deseo de venganza de quienes se vieron afectados de manera directa por el dramático hecho que dio origen a este procedimiento”. Sin embargo, añaden que “es precisamente en beneficio de tales perjudicados y del resto de la sociedad por lo que se debe actuar conforme a lo que marca la ley”. ? Efe