MADRID. En el auto, al que ha tenido acceso Efe, el juez Pedro Merchante Somalo desestima los recursos de reforma de la Fiscalía, de la Liga de Fútbol Profesional (LFP) y del otro hincha del Deportivo que fue lanzado al río Manzanares, Santiago A., contra el auto de sobreseimiento provisional y archivo de la pieza separada denominada "homicidio y lesiones", para la investigación de la muerte del seguidor de los Riazor Blues y de las lesiones sufridas Santiago.

El magistrado ratifica así la decisión que adoptó en diciembre y eleva los recursos de apelación presentados subsidiariamente, para que sea la Audiencia Provincial de Madrid la que resuelva sobre la reapertura o no de la causa que investiga la muerte de Jimmy.

Dice el juez que los argumentos alegados por los recurrentes no desvirtúan la fundamentación contenida en el auto de archivo, que no da por válidas ni las identificaciones de los presuntos autores efectuadas por la Policía ni tampoco aquellas realizadas por el testigo protegido G303.

"Ninguno de dichos medios pueden considerarse aptos y suficientes para identificar a los presuntos autores de los hechos", señala.

Igualmente, el magistrado rechaza en otro auto los recursos de la Liga y de la Fiscalía contra un segundo auto de diciembre en el que desestima las peticiones de pruebas solicitadas por el fiscal y las acusaciones, entre ellas, la petición para que declarase el testigo protegido, quien figura en la causa como imputado.

Justifica su decisión al señalar que "la declaración del testigo protegido no sirvió para identificar a nadie en el procedimiento de menores".

Y añade que la Audiencia Provincial no solo destacó que dicha declaración "no constituye prueba alguna que permita la identificación de los autores" sino que resaltó "la falta de credibilidad del mal llamado testigo protegido".

En este caso, el juez también eleva a la Audiencia de Madrid los recursos de apelación subsidiarios para que la Sala se pronuncie sobre la conveniencia de citar o no al testigo protegido.

Las actuaciones en la pieza separada de "homicidio y lesiones" no afectan a la causa principal, en la que el juez procesó a 102 personas por un delito de riña tumultuaria como consecuencia de su presunta participación en la multitudinaria pelea del 30 de noviembre de 2014 en las inmediaciones del estadio Vicente Calderón.

En este caso, el juez ya dio traslado a la Fiscalía y las acusaciones para que califiquen los hechos que se les imputan.