Gasteiz - El Ararteko pide a los ayuntamientos vascos que retiren las subvenciones o dejen de ceder las instalaciones deportivas a aquellos clubes que fomenten la competitividad en los equipos formados por menores de 8 años. A esa edad comienza propiamente dicho el deporte escolar, está regulado y las administraciones son conscientes de su obligación de velar por los principios educativos que lo rigen. Pero en edades previas no hay una norma escrita. Se da la paradoja de que cuando los menores son más jóvenes, por tanto más vulnerables, no cuentan con esa protección. Y que su relación con el club se percibe como si se tratara de un asunto entre particulares, en el que las administraciones no pudieran interferir. Hasta ahora.
Todo comenzó con la denuncia de una madre de una niña de 7 años que jugaba en el club de fútbol de su localidad. La mujer preguntó al entrenador de su hija por qué algunos jugadores no disponían apenas de minutos, a lo que el monitor contestó: “Porque este partido hay que ganarlo”. Este comportamiento, por desgracia, sigue siendo usual en algunos equipos de deporte escolar a pesar de que el reglamento lo impide. Y esta discriminación derivada del ímpetu de ganar también se reproduce a edades más tempranas. Según el Ararteko, hay clubes que fomentan el deporte en base a valores competitivos y no educativos y “en la medida en que cuentan con apoyo municipal, ayuntamientos que lo aceptan”.
Ante esta realidad, el Defensor del Pueblo decidió impulsar su recomendación con la que, en cierto modo, se da un toque de atención sobre el vacío legal existente. La oficina que dirige Manu Lezertua se dirigió a varios municipios de todo Euskadi (Gasteiz, Bilbao, Agurain, Durango, Trapagaran, Donostia, Legazpi y Arrasate) para conocer qué medidas adoptan cuando se producen situaciones de discriminación en clubes que cuentan con algún apoyo municipal. La investigación dio como resultado una casuística diversa.
¿Competencia foral? Por ejemplo, el Ayuntamiento de Gasteiz informó de que existen cauces para solventar los conflictos que pudieran surgir en el programa de deporte escolar que “es de competencia foral”, siendo el papel del Ayuntamiento el exclusivo de cesión de las instalaciones. Agurain corroboró que es la Diputación la entidad que fija la normativa de las competiciones, incluidos los tiempos de juego en el deporte escolar. En todo caso, las subvenciones al deporte de competición se hacen a partir de la categoría alevín (Quinto y Sexto de Primaria), porque la oferta anterior es multideporte.
El Ayuntamiento de Bilbao oferta programas de práctica deportiva no competitiva. En el caso de las subvenciones que concede al deporte de competición, es para equipos de edades superiores al multideporte. Respecto a la cesión de las instalaciones donde entienden que quizás pudieran darse este tipo de comportamientos, disponen de un reglamento de uso que contempla sanciones en caso de actitudes inadecuadas.
Durango respondió que incluirá en la convocatoria de ayudas económicas y cesión de instalaciones de este año una cláusula especial encaminada a garantizar la igualdad en la práctica deportiva, y Trapagaran realizará una campaña de sensibilización. El Ayuntamiento de Donostia articula las actividades para prebenjamines y las ayudas económicas para la práctica deportiva hasta los 12 años a través y en colaboración con los centros educativos, como entidades especialmente adecuadas para la orientación educativa de esta práctica.
En el uso de instalaciones municipales, las actividades propias no son de competición y las realizadas por gestión indirecta se encuadran en el programa de deporte escolar de la Diputación Foral de Gipuzkoa, programa que se distingue por su marcado carácter educativo.
Varios de los consistorios consultados, además, “constatan la dificultad de abordar comportamientos que, en muchos casos, son absolutamente individuales”. También se mostraron abiertos a reflexionar sobre la cuestión y buscar fórmulas que impidan estos comportamientos así como canales para su detección e intervención.