CÓRDOBA. El progenitor de los niños se encuentra interno en el Centro Penitenciario de Villena, en Alicante, en régimen cerrado, después de pasar cerca de dos años en la cárcel de Alcolea, en la capital cordobesa.

En su último turno de palabra en el juicio con jurado, que se prolongó un mes en los juzgados cordobeses, el acusado aprovechó para insistir en su inocencia e incluso afirmar que le parece "increíble" que, habiendo transcurrido "21 meses" desde que él denunció la desaparición de sus hijos, "aún no sepamos dónde están".

Sin embargo, las siete mujeres y los dos hombres que integraban el Tribunal emitió su veredicto, tras tres días de deliberación, y en él consideraban por unanimidad al acusado, José Bretón, culpable del asesinato de sus dos hijos.

En concreto, el jurado cree que el acusado es culpable de la muerte de sus hijos, provocada intencionadamente por él, al tiempo que entiende que es culpable de simulación de un delito de detención ilegal o secuestro de los menores, y determinó que en caso de que fuera condenado por los delitos de los que se le acusa, no se solicite al Consejo de Ministros su indulto.

De este modo, las mujeres y hombres del Tribunal consideraron probado, por unanimidad, que Bretón concibió la idea de dar muerte a los niños, como venganza contra su esposa, dada su negativa a aceptar pacíficamente la ruptura matrimonial, por su personalidad refractaria a la frustración y su carácter rencoroso.

De igual forma, entienden que el acusado decidió que el lugar más adecuado para dar muerte a sus hijos sería una finca de sus padres, en el Polígono de las Quemadas de Córdoba, así como que la fecha adecuada sería el 8 de octubre de 2011, aprovechando que ese fin de semana estaría con los niños, con forme al acuerdo al que había llegado al efecto con su esposa.

Además de considerar probado que Bretón compró un ansiolítico y un antidepresivo, para usarlos con sus hijos y adormecerlos o incluso matarlos, el jurado también cree que tenía intención de hacer desaparecer los cuerpos de sus hijos y, para ello, hizo acopio de leña en la finca de sus padres y adquirió combustible (gasóleo) en grandes cantidades.

Como coartada para la desaparición física de sus hijos, el acusado, según el jurado, decidió fingir que se le habían perdido en un parque y, a fin de tener datos que ofrecer sobre la supuesta pérdida de unos menores, hizo una especie de experimento con sus sobrinos, dejándolos solos unos momentos cuando los llevaba al colegio.

En cuanto a la cronología de los hechos, el acusado recogió a sus hijos en Huelva, sobre las 15,00 horas del día 7 de octubre de 2011 y marchó con ellos a Córdoba, donde primero estuvieron casa de los padres del acusado y posteriormente en casa de su hermana Catalina, donde dejó a los niños, para poder marchar a la finca familiar, a fin de dejar las garrafas de combustible que había comprado.

También entiende el jurado que, para dar mejor cobertura a la simulación de extravío de sus hijos, Bretón les propuso a sus hermanos Catalina y Rafael acudir en la tarde del día 8 de octubre a la Ciudad de los Niños con sus respectivos hijos, aunque sin concretar completamente la cita, diciéndole también a su madre que ese mismo día no iba a comer a su casa porque había quedado con unos amigos, lo que era incierto.

Bretón, según el jurado, estuvo con sus hijos en casa de su hermana mientras ésta y su cuñado hacían la compra, hasta las 13,30 horas, luego, tras haber regresado a casa con sus padres, se marchó con sus hijos, diciendo que iba a comer con unos amigos, pero se fue en su vehículo a la finca de las Quemadas, suministrándoles a los niños durante el trayecto o al llegar a la finca, un número indeterminado de pastillas de los tranquilizantes, para facilitar su adormecimiento o su muerte.

Ya en la finca, sobre las 13,48 horas, el acusado telefoneó a su esposa, sin que lograra comunicar con ella, por lo que decidió seguir con su propósito criminal. Acto seguido, conforme a lo que ya tenía previsto y meditado, el acusado preparó una especie de pira funeraria, cuyos elementos esenciales ya tenía dispuestos, en un lugar nuevo de la finca, entre varios naranjos y sin visibilidad desde el exterior, en la cual colocó los cuerpos de sus hijos, sin que pueda determinarse si estaban sin vida o todavía no habían fallecido.

En la hoguera, según el jurado, Bretón colocó una mesa metálica con el tablero en posición vertical y prendió una gran hoguera, que avivó con lecha (unos 250 kilos) y gasóleo (unos 80 litros) y en la que se llegaron a alcanzar hasta 1.200 grados. Ante la magnitud de la temperatura, las partes blandas de los cuerpos de los niños desaparecieron rápidamente, quedando únicamente unos restos óseos. Además, el acusado permaneció junto a la hoguera alimentándola con gasóleo para mantener elevada la temperatura y lograr así la total calcinación y desaparición de los cuerpos de sus hijos.

Igualmente, el jurado cree que Bretón, prevaliéndose de su condición de padre y de su mayor fortaleza física, confianza de los niños y autoridad sobre ellos, acabó con la vida de sus hijos. A continuación se desplazó hasta el entorno de la Ciudad de los Niños, aparcando sobre las 18,01 horas, y cuando consideró que había transcurrido un tiempo suficiente para hacer creíble la ficticia desaparición de los menores, llamó a su hermano Rafael, sobre las 18,18 horas, diciéndole que había perdido a los niños, realizando otras llamadas a la familia, logrando que, tanto su hermano, como su cuñado, José Ortega, acudieran a la Ciudad de los Niños para la búsqueda.

Sobre las 18,41 años, el acusado llamó al 112, comunicando la desaparición de sus hijos, provocando la intervención de la Policía. De hecho, Bretón acudió a la Comisaría de la Policía Nacional para presentar denuncia por la desaparición, pese a conocer perfectamente que no había existido tal desaparición en el parque, sino que él había dado muerte previamente a sus hijos.

LA CONDENA Y LOS RESTOS

Por estos hechos, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba, de acuerdo con el veredicto del jurado, condenó a Bretón "como autor criminalmente responsable de dos delitos de asesinato con la concurrencia en ambos de la agravante de parentesco, a las penas, por cada asesinato, de 20 años de prisión, con las accesorias de inhabilitación absoluta durante el tiempo de las condenas". Además, "la clasificación del condenado en el tercer grado de tratamiento penitenciario no se podrá efectuar hasta el cumplimiento de la mitad de la pena impuesta".

Este caso dio un vuelco cuando en agosto de 2012 los forenses determinaron que los restos óseos de la hoguera de la finca eran de humanos, y a tal efecto la sentencia considera probado que dichos restos analizados por todos los forenses, médicos, paleontólogos, odontólogos y especialistas biólogos y clínicos proceden de la hoguera encendida por el acusado en la finca de Las Quemadas en la tarde del 8 de octubre de 2011, y "tales restos óseos y dentarios pertenecen a los cuerpos de dos niños de seis y dos años de edad, en concreto a los cuerpos sin vida de Ruth y José Bretón Ortiz".

Al respecto, la acusación particular, ejercida por la madre de los niños, Ruth Ortiz, ha recurrido la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), para que le entreguen los restos óseos con el fin de enterrarlo o celebrar una misa, mientras que la defensa ha recurrido para que se celebre un juicio nuevo con tribunal profesional, dado que sostiene que se han vulnerado derechos y reitera la petición de absolución para Bretón.