GASTEIZ. Según la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Gasteiz, la mujer, de 48 años, deberá abonar 600 euros como autora de un delito de denuncia falsa e indemnizar con otros 700 euros a su vecino por el "sufrimiento moral" que le causó.

Los hechos que dieron lugar a este procedimiento comenzaron el 16 de febrero de 2011, cuando la mujer presentó una denuncia ante la Ertzaintza en la que aseguró que ocho días antes, cuando bajaba las escaleras del edificio donde vive, se cruzó con su vecino que subía por ellas.

Según relató a la Policía vasca, al rebasarla, el vecino con el que ella estaba enemistada le golpeó supuestamente en la espalda e hizo que perdiera el equilibrio, cayera al suelo y se golpeara en la frente contra la barandilla para seguir cayendo y golpeándose con las rodillas en los escalones.

A consecuencia de los golpes, la mujer aseguró haber sufrido rasponazos y hematomas en las rodillas y en las piernas.

Esta denuncia dio lugar a un juicio de faltas inmediato que se celebró el 23 de febrero de 2011 en el Juzgado de Instrucción número 1 de Amurrio.

Sin embargo, en la vista el acusado demostró con documentación y mediante una prueba testifical que el día en que presuntamente había tirado a su vecina por las escaleras estaba trabajando, por lo que se dictó una sentencia absolutoria, que posteriormente fue declarada firme.

Poco después, el 20 de abril de 2011 el hombre absuelto decidió presentar una denuncia contra su vecina por un presunto delito de acusación y denuncia falsa.

El juicio por estos hechos se celebró el pasado 21 de marzo pero la acusada no acudió ni aportó justificación alguna de su ausencia.

El denunciante, por su parte, explicó que cuando la Ertzaintza le comunicó la denuncia se sintió "fatal", estuvo muy nervioso y el médico le recetó ansiolíticos.

La Sala considera que los hechos son constitutivos de un delito de denuncia falsa, fija una pena de 4 meses de multa con una cuota diaria de 5 euros (600 euros) y advierte de que en caso de impago se le impondrá un día de cárcel por cada dos cuotas no satisfechas.

El Juzgado explica que éste es un delito contra la Administración de Justicia y que con la pena impuesta "se trata de evitar la posible perversión del proceso penal" y de proteger el correcto funcionamiento del aparato judicial.

También impone a la mujer una indemnización de 700 euros al perjudicado porque en la vista varios testigos acreditaron que éste tuvo "un sufrimiento moral a consecuencia de la incertidumbre sobre el resultado del procedimiento falsariamente iniciado".

Contra este fallo cabe recurso de apelación ante la Audiencia de Araba.