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El recurso del fiscal al "caso Laguardia" podría provocar la repetición del juicio

josu izaguirre tiene de plazo hasta el 9 de febrero para tramitar la apelaciónEl acusado fue condenado a pagar 180.000 euros cuando se reclamaban para él cuatro años de prisión

vitoria. En materia legal, no se puede dar nada por sentado hasta que el juez rubrica la sentencia firme. Si la semana pasada el caso del intento de soborno para la construcción de un campo de golf en Laguardia saltaba a los medios de comunicación porque el fallo judicial dejaba libre a todos los imputados y sólo fijaba sanción económica para uno de ellos, ayer el fiscal jefe de la Audiencia Provincial, Josu Izaguirre, acaparó el protagonismo al anunciar que recurrirá la sentencia. Si la sala acepta la apelación, habrá que repetir todo el proceso desde el principio, ya que se trata de un juicio con jurado popular.

La reacción del fiscal jefe es más que comprensible, sobre todo si tenemos en cuenta que para cada uno de los tres imputados por el intento de soborno se solicitaba una pena de cuatro años de prisión, al margen de las correspondientes sanciones económicas. La sentencia emitida dista tanto de las pretensiones del ministerio fiscal que ha decidido recurrirla. Ayer mismo, Izaguirre inició la redacción del documento de apelación, si bien precisó que tiene de plazo hasta el 9 de febrero para presentarlo.

unanimidad Los nueve miembros del jurado popular designado para determinar la implicación de Gregorio O. en el caso del golf de Laguardia decidieron, por unanimidad, que el imputado era culpable de dos intentos de soborno al único concejal de Eusko Alkartasuna en el municipio, Goyo López. Tras conocerse esta resolución, quedaba en manos del magistrado de la Audiencia que presidió el juicio, Jaime Tapia, dictar sentencia contra el acusado, que se enfrentaba a una pena máxima de cuatro años de cárcel y a una multa de 180.000 euros.

Conocido el veredicto del jurado, tanto el fiscal jefe de la Audiencia, Josu Izaguirre, como el abogado de Gregorio O. hicieron uso de la palabra para dar a conocer sus valoraciones. El primero solicitó el ingreso en prisión del acusado y la imposición de "la pena máxima correspondiente", los dos años de cárcel por cada uno de los delitos cometidos, la multa de 180.000 euros y su inhabilitación ya solicitados en el escrito de acusación. La defensa, por su parte, mostró su "rechazo" al veredicto del jurado popular y pidió para el acusado una pena máxima de un año de cárcel por considerar que únicamente existía un delito probado en su actuación, la segunda tentativa de soborno que quedó registrada en una grabación audiovisual a instancias de la Ertzaintza.

Pero no ocurrió ni lo uno, ni lo otro. Los magistrados dictaron una sentencia liviana, aunque no firme. La sala condenó a Gregorio O.T. al pago de 180.000 euros por un delito de cohecho, al considerar probado que el 5 de diciembre de 2007 trató de sobornar a un concejal del municipio alavés de Laguardia para que apoyara la ampliación del número de viviendas contemplado en el proyecto de campo de golf. El fallo absolvió a Mario Luis B.V., el otro acusado en la causa, al no dar por probado que fuera él quien encargó a Gregorio O.T. el intento de soborno al edil de EA.