El voto particular de Polo y Ferrer no ve probado que el fiscal filtrara el mail y no considera delito la nota
"Se desmintió una acusación falsa de actuación ilícita de la Fiscalía", sostienen
La sentencia que inhabilita al fiscal general del Estado cuenta con el voto particular de dos magistradas que no ven pruebas para condenar a Álvaro García Ortiz por revelar datos de la pareja de Isabel Díaz Ayuso y apuntan a que "se desmintió una acusación falsa de actuación ilícita de la Fiscalía".
El Supremo condena a García Ortiz porque el correo del abogado de González Amador "tuvo que salir de la Fiscalía"
El voto particular de las magistradas Susana Polo y Ana Ferrer, que acompaña a la sentencia condenatoria, apuesta por absolver al fiscal de un delito de revelación de secretos al considerar que no ha quedado acreditado que fuese él, de forma directa o a través de un tercero, quien filtró a la prensa el correo en el que el abogado de Alberto González Amador admitía la comisión de dos delitos fiscales.
Además, no ven delito en la difusión de la nota de prensa con la que la Fiscalía negó haber retirado una oferta de pacto a González Amador -como habían publicado varios medios- pues este comunicado contenía datos que ya habían sido revelados previamente y porque se desmintió una acusación falsa de actuación ilícita de la Fiscalía", que era "la única opción legal" ya que "lo contrario habría sido dar por válida la afirmación que atacaba de plano la legalidad de la actuación de la Fiscalía".
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