- La Junta Electoral Central (JEC) analizará en una reunión la próxima semana el alcance de la condena impuesta por el Tribunal Supremo al diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez por un delito de atentado a la autoridad, más allá de la suspensión de sus derechos como parlamentario durante 45 días que comporta la sentencia. La incógnita es si el fallo puede acarrear incluso la pérdida de la condición de diputado.
De momento, Rodríguez no podrá ejercer sus derechos como parlamentario, como votar en el Congreso, ni tampoco cobrar su asignación durante los 45 días de la condena en aplicación del artículo 21 del Reglamento del Congreso. Será por tanto la JEC, a la vista de la Ley Electoral, quien interprete el fallo y dirima si la pérdida del sufragio pasivo durante el tiempo de la condena -el no poder ser elegible en unos comicios- conlleva también la retirada del escaño y su salida definitiva del Congreso.
El Tribunal Supremo ha condenado a un mes y quince días de prisión a Rodríguez por un delito de atentado a agente de la autoridad, por dar una patada a un policía nacional en una protesta en 2014 en La Laguna (Tenerife). En aplicación de la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, sustituye esa pena por una multa de 540 euros.
El diputado de Unidas Podemos anunció que recurrirá la condena “sin ninguna prueba objetiva” que le ha sido impuesta y que está dispuesto a acudir incluso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), ante el cada vez mayor “descrédito de la justicia española”, aseguró en sus redes sociales.
Las reacciones ayer fueron múltiples, desde las peticiones del PP y Ciudadanos para que dimita hasta el apoyo de su formación. La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, advirtió de que la condena cuenta con tres votos particulares y expresó su “solidaridad” con el diputado. “Qué vergüenza de Justicia que se arrodilla ante monarcas corruptos y criminaliza la protesta”, afirmó Unidas Podemos en un tuit.