BARCELONA - Los letrados del Parlament de Catalunya rechazan en su informe jurídico la posibilidad de que Carles Puigdemont pueda ser investido presidente de la Generalitat de forma telemática o delegada, ya que subrayan que la investidura debe ser con participación “directa y personal” del candidato. Esta decisión supone un torpedo en la línea de flotación del soberanismo en general y del cesado president en particular, puesto que por activa y por pasiva desde Junts per Catalunya se había señalado que la única opción barajada era la investidura de Puigdemont.

En el informe, elaborado a petición del PSC y Ciudadanos, se rechaza tajantemente la posibilidad de nombramiento de Puigdemont en la distancia , alegando que es “imprescindible” que el candidato a la Presidencia de la Generalitat esté presente en el hemiciclo durante el debate de investidura. Así, lo letrados de la Cámara catalana entienden que la naturaleza del debate de investidura hace obligatoria la presencia del candidato, con el fin de fomentar un diálogo “entre el candidato y el resto de los diputados”. Es decir, se entiende que la presencia garantiza todo aquello que “caracteriza” un debate de esta magnitud, como son “la oralidad, la contradicción directa y la garantía del principio de inmediatez” para que el resto de diputados puedan “ver, sentir y entender en persona el desarrollo del debate”.

Para ello, los letrados también rechazan cualquier fórmula que no signifique la presencia física de Puigdemont en el hemiciclo, es decir, ningún “medio interpuesto ni sustitución de la persona que debe ser el principal protagonista de acuerdo con la ley y el reglamento”. De esta forma, se impone la tesis de que el carácter personalísimo de este tipo de debate impone la presencia del candidato en el Pleno del Parlament.

El informe también considera que los cinco diputados electos que están en Bélgica y los tres que están en la cárcel -en Bruselas, Carles Puigdemont, Clara Ponsatí, Antoni Comín, Lluís Puig y Meritxell Serret y en prisión, Oriol Junqueras, Joaquim Forn y Jordi Sànchez- no pueden delegar el voto, ya que su ausencia en el plenario no responde a los supuestos que se regulan en el Reglamento del Parlament para delegar el voto.

Añade, sin embargo, que la decisión sobre si pueden delegar el voto recae en cualquier caso sobre la Mesa, aunque señala que, si la Mesa decide que pueden delegar el voto, “difícilmente esto encajaría en la letra y el espíritu de la norma”. Recuerda que los supuestos por los que pueden delegar el voto los diputados son “la baja por maternidad o paternidad y los supuestos de hospitalización, enfermedad grave o incapacidad prolongada debidamente acreditadas”. Considera que tanto los cinco diputados electos como los tres encarcelados tienen una incapacidad “legal” para ejercer el voto, por lo que concluye que no entra en los supuestos que les permitiría delegarlo.

Advertencia de rajoy Antes de conocerse el informe de los letrados de la Cámara, Mariano Rajoy había advertido de que la aplicación del 155 se mantendrá en vigor si Carles Puigdemont es elegido presidente estando en Bruselas y no acude al Parlament a tomar posesión del cargo, porque así lo establece el acuerdo aprobado por el Senado.

En su intervención ante la Junta Directiva Nacional del PP, Rajoy explicó que el acuerdo del Senado que autorizó al Gobierno español a intervenir en Catalunya señala que las medidas dejarán de estar en vigor cuando “tome posesión el nuevo presidente”. Para eso, subrayó, es necesario que el candidato esté presente y no cabe por tanto que sea investido Puigdemont mientras siga huido en Bruselas. Además de avisar de que recurrirá cualquier “suerte de trampa” para que Puigdemont presida la Generalitat, señaló que más allá de las razones políticas y legales en contra de esa posibilidad es “un problema de puro sentido común”. -DNA