madrid - La Audiencia Nacional ha condenado al presidente de la organización soberanisa Catalunya Acció, Santiago Espot, a una multa de 7.200 euros como promotor de la pitada al himno español en la final de la Copa de 2015. Aquel encuentro enfrentó el 30 de mayo a Barcelona y Athletic de Bilbao en el Camp Nou, en presencia del rey Felipe VI.
El juez central de lo Penal, José María Vázquez Honrubia, ha considerado en su sentencia a Espot autor de un delito de injurias a la Corona y otro de ultrajes a España al considerar que su actuación no estaba amparada por el derecho a la libertad de expresión.
El magistrado le sitúa como autor “de un plan preconcebido y planificado por él mismo” que ejecutó con el “deliberado y firme propósito de ofender y menospreciar al jefe del Estado español y al himno nacional”.
La Fiscalía pedía para Espot una multa de 14.400 euros como autor de los delitos de injurias al rey y de ultraje a España y señalaba que para la ejecución de su plan publicó el 28 de mayo de 2015 en el perfil de Facebook de Catalunya Acció un manifiesto titulado “Por la pitada al himno español y al rey Felipe de Borbón”.
Espot, que durante el juicio en la Audiencia Nacional solo contestó a las preguntas realizadas por su abogado, reconoció ante los jueces que es un “activista político” en favor de la independencia de Catalunya, pero aclaró que en el manifiesto en el que se instaba a pitar el himno de España durante la final de la Copa se definía a Felipe VI como “rey y monarca” y no se entraba en ninguna “valoración de tipo personal” sobre el monarca español. - Efe