MADRID. El alto tribunal, que deliberó el pasado mes de junio sobre este asunto y aún no ha hecho pública la sentencia, acogió el recurso de la defensa de los miembros de ETA y acepta por primera vez la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).

En los últimos años, el tribunal con sede en Estrasburgo ha dictado casi una decena de resoluciones en las que condena a España a indemnizar a integrantes de la organización al considerar que las autoridades judiciales no investigaron suficientemente las denuncias de malos tratos que éstos presentaron tras su detención.

Una de las beneficiadas por estas resoluciones fue precisamente Etxebarria. En octubre de 2014, el TEDH condenó a España a indemnizarla con 29.000 euros por no llevar a cabo "una investigación profunda y efectiva" sobre los malos tratos y el abuso sexual que dijo haber sufrido durante su periodo de incomunicación en dependencias de la Guardia Civil.

Tanto ella como Zapirain han sido condenados a más de 500 años de cárcel por los asesinatos del inspector de Policía Eduardo Puelles y el brigada del Ejército de Tierra Luis Conde, a los que se sumaron esta nueva condena de 15 años de prisión por estragos que ahora anula el Supremo.

Las mismas fuentes han señalado que se acepta el motivo alegado por la defensa de quebrantamiento de forma, dado que la Sala se opuso a la práctica de una prueba pericial psicológica relacionada con las denuncias de malos tratos.

Durante el juicio por estos hechos, Zapirain, Extebarria y una tercera procesada, Saioa Sánchez Iturregui se desdijeron de las declaraciones incriminatorias que prestaron ante la Guardia Civil, afirmando que fueron hechas bajo torturas durante el periodo de incomunicación y que así se lo han hecho saber al Comité Europeo para la Prevención de la Tortura que les ha visitado en la cárcel.

Zapirain y Etxebarria, que son pareja sentimental, rechazaron que Saioa Sánchez Iturregui les propusiera integrarse en ETA y aseguraron que "nunca" les instruyó ni llevó a su domicilio materiales para la fabricación de artefactos explosivos.

Negaron igualmente haber perfeccionado la bomba colocada en la sede del INEM, del número 49 de la calle Santutxu, que causó daños valorados en 93.400 euros.