El juez de lo Contencioso-Administrativo número 11 de Madrid revocó ayer la orden de la Delegación del Gobierno español de prohibir la exhibición de esteladas en la final de Copa que disputarán mañana el Barcelona y Sevilla y permite a los aficionados acceder al Vicente Calderón en Madrid con la bandera independentista. La decisión se adoptó tras estimar parcialmente el recurso presentado por la asociación de abogados Drets, en nombre de aficionados del club blaugrana, y en contra del criterio de la Fiscalía y la Abogacía del Estado, que se alinearon con la Delegación del Gobierno para, en virtud de la Ley del Deporte, respaldar el veto. El juez, no obstante, desestimó la pretensión de Drets para que la Delegación del Gobierno emita una nueva orden a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado donde se declare que las esteladas pueden ser portadas y exhibidas porque no son consideradas como un símbolo que atente contra la legalidad.
El auto justifica la exhibición de las esteladas al amparo de la libertad de expresión. “Solo los ciudadanos, y no las Administraciones e Instituciones, son los titulares de los derechos fundamentales. De ahí que haya que diferenciar el uso de banderas y símbolos por las Administraciones publicas e Instituciones públicas Organismos públicos, de cuando hacen ostentaciones de ellas los ciudadanos”, sostiene el juez. “Una libertad de expresión -continúa- que puede ser sometida a restricciones previstas por el legislador, pero no en este caso concreto ya que mostrar esteladas en un recinto deportivo no manifiesta un sentimiento o ideología que pueda, en principio, constituir o generar violencia, racismo, xenofobia o intolerancia en el deporte”. Y es que, Concepción Dancausa argumentó su decisión de prohibir la estelada en el hecho de que su exhibición podía generar actuaciones violentas, algo que el juez negó de forma tajante en su auto.
Asimismo, el magistrado considera que la Delegación del Gobierno, y dada la prontitud del evento -el partido se disputa mañana por la noche- no ha probado que mostrar la estelada pueda conllevar “una perturbación grave de los intereses generales o de terceros”. “Más bien genera un daño al recurrente por cuanto le impide, de forma pacífica, manifestar y expresar su ideología política sin que concurran razones y motivos con la entidad suficiente como para poder restringir el uso de un derecho fundamental”, precisa. “En ningún caso -añade el auto- ha resultado probado en este momento procesal que la exhibición de la llamada estelada puede incitar a la violencia, el racismo, la xenofobia o cualquier otra forma de discriminación que atente contra la dignidad humana”. Por último, el juez señala que su decisión se mantendrá hasta que se dicte sentencia firme que ponga fin al proceso.
Tras darse a conocer la sentencia, fuentes de la Delegación del Gobierno en Madrid aseguraron que su máxima responsable, Concepción Dancausa -de quien partió la prohibición de la estelada- respeta la decisión del juzgado, aunque sigue compartiendo “el criterio estrictamente técnico adoptado en la reunión de coordinación del dispositivo de seguridad”..
Asimismo, y según informaba Europa Press, Dancausa denunció ante la Policía la recepción de una carta en la que se la insulta y se le advertía de que no va a “salir indemne”: “Vamos a tatuarte la estelada en la frente”. En el anónimo, escrito a ordenador y con mayúsculas, se le tachaba de “fascista” e “hija de fascista” y se le amenaza: “Protégete todo lo que puedas, vas a necesitarlo”.