gasteiz - Cientos de imputados de PP y PSOE en casos de corrupción pasarán a ser denominados “investigados” cuando entre en vigor la nueve Ley de Enjuiciamiento Criminal. La reforma, que recibió ayer el aval del Gobierno, se enmarca en el paquete de medidas contra la corrupción anunciadas por Mariano Rajoy.
La reforma introduce una modificación del término judicial imputado que pasará denominarse investigado en una primera fase y encausado si se mantiene la acusación a medida que avanza la instrucción, informó el ministro. El ministro de Justicia, Rafael Catalá explicó que en la actualidad se ha llegado a asociar a esa figura una “preculpabilidad” e, incluso, se han abierto debates sobre la conveniencia de que imputados formen parte de las listas electorales, si bien la nueva denominación “no tiene que ver con ningún debate político”. Al respecto, señaló que el término “investigado” es “bastante más coherente” con la fase de investigación y permite “fortalecer la presunción de inocencia que lógicamente debe acompañar a cualquier ciudadano antes de una condena”. Este cambio facilitará a los partidos con miembros implicados no tener que excluirlos hasta ser considerados encausados.
La reforma procesal, además, limitará la instrucción judicial a un plazo de seis meses para las causas ordinarias y de 18 para los sumarios más complejos, que podrán ser ampliables hasta alcanzar los 36 meses, cuando lo considere oportuno el juez instructor y lo apoye el fiscal. La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha explicado que este aspecto de la ley responde a “una demanda social muy clara” para agilizar las causas y muy especialmente las relacionadas contra la corrupción.
impunidad Catalá rechazó que la introducción de plazos suponga un trato de favor hacia los imputados puesto que el juez puede ir ampliando los plazos si lo ve necesario, por lo tanto, subrayó dicho, “no existe ninguna impunidad en este sentido”. “No hay ventajas para los encausados”, insistió el ministro, quien recordó que en la actualidad son muy pocos los casos que superan esos tiempos establecidos en la reforma, salvo las denominadas macrocausas como Gürtel, Bárcenas o los ERE falsos de Andalucía. Tras señalar que los cambios introducidos permitirán que la respuesta penal se acerque más a la comisión de los hechos, subrayó que en muchas ocasiones cuando el proceso se prolonga puede haber una condena menor.
Catalá dijo que el Gobierno ha optado por eliminar la posibilidad de que Interior intervenga comunicaciones sin autorización judicial previa, tras atender las recomendaciones del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y el Consejo Fiscal, que las consideraron de difícil encaje constitucional. De esta forma, se mantiene la normativa vigente que establece que las escuchas telefónicas tendrán que estar siempre autorizadas por el juez, por lo que Interior solo podrá actuar en los casos de terrorismo. Asimismo, la reforma amplía la figura del decomiso para poder actuar contra todo el patrimonio de un penado, es decir, para recoger todos los bienes del condenado con el fin de recuperar el dinero defraudado en los delitos.
La reforma afectará a la separación de las piezas en los macroprocesos, de manera que se instruirá una causa por cada delito para evitar así “instrucciones larguísimas de varios años que hacen que se dilaten las investigaciones” y “se genere una percepción social de impunidad”, señaló Catalá.
Asimismo, los atestados policiales sin autor conocido no supondrán la apertura de diligencias en los Juzgados, sino que tendrán un carácter administrativo. Del mismo modo, la reforma introducirá la figura del policía encubierto, que podrá investigar en Internet mediante el uso de una identidad falsa y, además, habrá un nuevo procedimiento para una serie de asuntos de tramitación simplificada como los delitos de conducción en estado de embriaguez y pequeños hurtos.
El texto fijará que los tribunales superiores de Justicia revisen en apelación las sentencias dictadas por las audiencias provinciales y que sea la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional la que se ocupe de las dictadas por este tribunal, en lugar de hacerlo el Supremo.
blanquear Los cambios no han satisfecho a grupos de la oposición. El coordinador federal de IU, Cayo Lara, criticó que el PP pretenda “blanquear sus vergüenzas” con la sustitución del término imputado por el de investigado. Lara denunció que “el Partido Popular también vaya a blanquear el nombre de imputados”, considerando “curioso” que lo haga “en este momento, con la campaña electoral en Andalucía y en un momento en el que el PP tiene imputados a cientos”.
El diputado nacional de Unión, Progreso y Democracia (UPyD) Toni Cantó calificó de “cosmética pura” la sustitución del término imputado por el de investigado.
Cortes. Con la aprobación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el Ministerio de Justicia cierra el capítulo de las principales reformas para esta legislatura que completan la Ley Orgánica del Poder Judicial, en fase de enmiendas en el Congreso, y el Código Penal, que será aprobado por las Cortes en las próximas semanas.
Meses para instruir las causas complejas. La Fiscalía “tendrá la llave” para controlar la duración de las causas penales después de que el Proyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal haya establecido que será la única parte que podrá solicitar las prórrogas al plazo que establece la nueva norma para las instrucciones, de seis meses para procedimientos sencillos y de 18 para los complejos con posibilidad de ampliarlo hasta los 36. El juez no podrá ordenar de oficio la ampliación del tiempo necesario para la instrucción. Si a la finalización del plazo máximo de 18 meses para causas complejas el fiscal no solicita la prórroga, el juez se verá obligado a elevar la causa para su enjuiciamiento o a archivarla.
‘Gürtel’, Bárcenas y ERE. Los casos que superan esos tiempos establecidos en la reforma, salvo las denominadas macrocausas como Gürtel, Bárcenas o los ERE falsos de Andalucía.