MADRID. La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha adoptado esta decisión en un auto en el que admite el recurso de súplica interpuesto por Garzón contra la decisión del alto tribunal de fijar la fecha de cumplimiento de la inhabilitación para el 3 de abril de 2022.
Garzón alegó que la Sala debía haber tenido en cuenta para ese cómputo el tiempo que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) le mantuvo suspendido de forma cautelar a raíz de que el Tribunal Supremo le abriera una investigación por un presunto delito de prevaricación en la causa abierta por los crímenes del franquismo, causa por la que finalmente resultó absuelto.
Esa suspensión cautelar se ejecutó del 17 de mayo de 2010 al 18 de abril de 2011, fecha en la que el CGPJ le volvió a suspender al decretarse la apertura de juicio oral por los delitos de prevaricación y violación de garantías constitucionales en el caso "Gürtel", primera de las causas por las que fue juzgado en el Supremo.
El Supremo cree por ello que el recurso de súplica de Garzón, al que se opuso el abogado Ignacio Peláez -que fue quien le llevó a juicio por las escuchas de "Gürtel"- y sobre el que el fiscal no se pronunció, "debe prosperar, pues en la liquidación de condena de once años de inhabilitación", que le fue impuesta por sentencia de 9 de febrero pasado, "se omitió el tiempo que estuvo suspendido provisionalmente".
La Sala da así la razón a Garzón y entiende que "procede computar" el plazo de suspensión provisional, que se prolongó casi un año, de mayo de 2010 a abril de 2011.
De este modo, el Supremo revoca ahora el auto por el que el pasado 16 de mayo fijó la fecha de cumplimiento de la inhabilitación para el 3 de abril de 2022, por lo que la Sala encomienda a la secretaría judicial que elabore "nueva liquidación de condena", en la que tenga en cuenta ese año de suspensión cautelar, y da traslado al fiscal para que informe al respecto.
El pasado 9 de febrero el Supremo condenó a Garzón al considerar que, al ordenar la grabación de las conversaciones que el cabecilla de la trama "Gürtel", Francisco Correa, y su número dos, Pablo Crespo, mantuvieron con sus abogados en la cárcel de Soto del Real, adoptó una resolución injusta y restringió el derecho de defensa de los imputados en prisión "sin razón alguna que pudiera resultar mínimamente aceptable".
Dicha condena a 11 años de inhabilitación supuso la "perdida definitiva" de la condición de juez del hasta entonces titular del Juzgado de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional.