WASHINGTON. La corte falló así a favor de la tercera prohibición de viaje promulgada por el mandatario desde que llegó a la Casa Blanca en enero de 2017 y que afecta a Libia, Irán, Somalia, Siria y el Yemen e impone restricciones a los venezolanos y los norcoreanos desde el pasado septiembre.
En un principio Chad también estaba en la lista, pero fue excluido posteriormente.
La sentencia, redactada por el juez John Roberts, fue respaldada por la mayoría conservadora del tribunal y salió adelante por cinco votos a favor y cuatro en contra.
En ella, se considera que Trump ejerció "legalmente" su poder para "suspender la entrada" de extranjeros al país.
Antes, el presidente estadounidense había impulsado otras dos prohibiciones de viaje.
La primera había sido aprobada en enero de 2017, justo después de su toma de posesión, y abarcaba a siete países de mayoría musulmana (Irán, Irak, Libia, Siria, Somalia, Sudán y el Yemen) durante 90 días y suspendía el programa de admisión de refugiados por 120 días, con excepciones de minorías religiosas.
Como resultado de esa orden, 700 viajeros fueron retenidos en los aeropuertos y 60.000 visados fueron revocados temporalmente, según datos del Departamento de Estado de EE.UU., lo que generó un amplio caos en esas instalaciones en todo el país.
Dicha orden fue bloqueada por tribunales federales y el Ejecutivo preparó una segunda versión, tramitada en marzo de ese año, que eliminaba de la lista a Irak y suprimía las excepciones recogidas en el programa de admisión de refugiados, pero las cortes nacionales se opusieron de nuevo e impidieron su puesta en marcha.
Tras varios reveses judiciales, ese veto pudo entrar en vigor gracias al Tribunal Supremo, que permitió al Gobierno restringir el ingreso de aquellos que no tenían familia cercana en Estados Unidos.
Las restricciones eran temporales y cuando expiraron, en septiembre de 2017, Trump proclamó su tercer veto, que incluyó por primera vez a dos países sin mayoría musulmana, Corea del Norte y Venezuela, en los que las restricciones solo afectaron a algunos funcionarios y su "familia inmediata".
El Supremo permitió en diciembre su implementación de manera temporal.
La inclusión de dos países que no albergan una mayoría musulmana supuso un duro golpe a la argumentación de los demandantes, liderados por Hawai que habían apuntado a las declaraciones del magnate sobre la necesidad de implementar un veto contra los musulmanes y señalaban que discriminaba en base a la religión.
El nuevo fallo supone un refuerzo para Trump, pero sobre todo un respaldo a sus políticas acompañadas de una extravagante retórica antiinmigración que cimentó las bases de su campaña presidencial de 2016 y que mantiene durante su mandato.