Con las bajas temperaturas y las lluvias adueñándose de la climatología en buena parte de España las prendas de abrigo han salido de los armarios y han comenzado a verse por las calles.

En los coches también se multiplican las imágenes de conductores abrigados hasta las orejas para combatir las bajas temperaturas. El frío sí te quita, pero las prendas gruesas y largas son una incomodidad para conducir y para realizar determinadas maniobras en el interior de un coche.

Además es una práctica que puede ser sancionada por los agentes de Tráfico aunque en ningún artículo de la Ley de Tráfico viene recogido que el conductor debe ponerse al volante sin el abrigo. Eso sí, deja bien claro que debe hacerlo de manera que ninguna prenda de vestir que le reduzca su libertad de movimientos, algo que sí suelen provocar los abrigos más gruesos.

La posible sanción por este comportamiento es potestad de los agentes de tráfico. Si aprecia que estás conduciendo llevando encima prendas de vestir que supongan una evidente disminución de tu nuestra capacidad de maniobra o que te impida reaccionar con rapidez y eficacia ante un imprevisto, podrá sancionarte con una multa de hasta 200 euros, sin la añadida de pérdida de puntos en el carné de conducir. 

Por ello no siempre que te pongas al volante con abrigo serás sancionado severamente. Es una cuestión interpretable pero no es descartable la posible sanción.

Una conductora con abrigo. Freepik

Si la prenda te permita una total libertad de movimientos (como es el caso de las chaquetas o jerséis ligeros y no voluminosos) no tendrás problema con la autoridad y no te caerá el citado multazo.

Cuidado con los guantes y el calzado

Igual que con las prendas de abrigo deberás de tener cuidado si conduces con guantes, ya que impide una correcta maniobrabilidad y control del volante. También es el caso de las botas de suela gruesa, que dificultan el manejo de los pedales y la fuerza de la pisada en acelerador y freno. 

El Artículo 18.1 del Reglamento de Circulación especifica que , el conductor debe "mantener su propia libertad de movimientos" para garantizar su seguridad, la del resto de ocupantes del coche y la de los demás usuarios de la vía. Si te impiden libertad de movimientos puede suponer una multa de 80 euros. Al ser prendas voluminosas también puede impedir "mantener una posición adecuada", como también incide el citado artículo del reglamento.

La DGT insiste en sus recomendaciones en que para que el cinturón de seguridad sea realmente efectivo debes evitar el uso de cojines (salvo prescripción médica) y otros elementos acolchados, como los abrigos.

Para ello recomienda, en el caso del invierno, poner la calefacción sin subir a tope el termostato y dejar el abrigo a un lado, ya que lo más importante es que el conductor tenga libertad de movimientos cuando se pone al volante de su coche.