Los dos acusados de asaltar en 2019 a Pilar Arbulo, la mujer de 75 años en el ascensor de su casa en Vitoria, a la que causaron la muerte a consecuencia de los golpes que le dieron, han sido condenados a 8 años y 3 meses de cárcel cada uno por sendos delitos de robo con violencia y de lesiones con alevosía en concurso con homicidio imprudente.
La Audiencia Provincial de Álava ha dictado esta sentencia condenatoria, que recoge el contenido del veredicto emitido por el jurado popular, que descartó que lo ocurrido en la tarde del 12 de mayo de 2019 fuese un delito de asesinato.
Los dos asaltantes han sido condenados a 4 años y 3 meses de prisión por un delito de lesiones agravadas por la concurrencia de alevosía, en concurso ideal con un delito de homicidio, y a otros 4 años por otro delito de robo con violencia en casa habitada.
El juez presidente del tribunal aplica a ambos delitos la atenuante de drogadicción ya que el jurado popular consideró probado que ambos eran consumidores de estupefacientes.
Además ambos deberán indemnizar al hermano de la víctima con un total de 30.000 euros.
La Fiscalía pedía 30 años de cárcel para cada uno de ellos por un delito de asesinato en concurso con otro de robo con violencia, con la agravante de aleosía, y reclamaba que pagaran 100.000 euros al hermano de la fallecida.
Los hechos por los que han sido condenados ocurrieron la tarde del 12 de mayo de 2019 cuando los dos procesados, originarios de Ucrania y Macedonia y con antecedentes por otras causas, entraron con la víctima al ascensor de su vivienda de la capital alavesa, la agredieron causándole un traumatismo craneoencefálico que provocó su muerte unas 40 horas después en el hospital y le robaron 120 euros que portaba en la cartera.
Jurado popular
Las defensas mantuvieron sin embargo durante el juicio que ellos no fueron quienes cometieron esos hechos y que no hay pruebas que los vinculen con lo ocurrido. Uno de los letrados defensores solicitó que subsidiariamente se considerasen los hechos como un homicidio imprudente con la atenuante de drogadicción y de dilaciones indebidas.
La fiscal trató en el juicio de demostrar que no fue un homicidio imprudente, como finalmente ha calificó los hechos el jurado, ya que a su juicio fue un ataque "brutal", coordinado, con golpes en zonas vitales como la cabeza y el tórax que "reventaron" a la mujer por dentro, en un ascensor y sin que pudiera defenderse, máxime cuando la víctima tenía 75 años, pesaba unos 40 kilos y medía 1,52 centímetros.
El jurado popular finalmente emitió su veredicto el pasado 2 de noviembre y, por 8 votos a favor y 1 en contra, calificó los hechos de homicidio imprudente con alevosía y de robo con fuerza, además de admitir que eran drogadictos.