El juzgado de Barcelona investiga a la empresa Glovo por un presunto delito contra los derechos de los trabajadores, a raíz de una denuncia presentada por la Fiscalía contra el fundador y ceo de Glovo, Óscar Pierre.

En su denuncia, consultada por Europa Press, el ministerio público asegura que la empresa "menoscaba y suprime" los derechos de los trabajadores por la condición de falsos autónomos de los 'riders', por lo que pide que se cite a declarar a Pierre como investigado.

La denuncia ha dado lugar a la apertura de diligencias en el Juzgado de Instrucción 31 de Barcelona, según ha adelantado 'El Periódico' y han confirmado fuentes judiciales.

"Glovo utiliza trabajadores a los que exige su alta en el régimen especial de trabajadores por cuenta propia de la Seguridad Social, estableciendo con ellos una relación en apariencia mercantil que le permite reducir sus costes empresariales", explica el ministerio público.

Al respecto, indica que esa reducción de costes se produce "al no garantizar un salario profesional conforme a la jornada de trabajo realizada, y al poder dejar de ingresar a la Seguridad Social las cantidades correspondientes a las cotizaciones laborales de tales personas".   

SENTENCIAS PREVIAS

Recuerda en su escrito que el Tribunal Supremo, así como otros tribunales, han reconocido la naturaleza laboral entre Glovo y sus trabajadores, al igual que una veintena de juzgados que han determinado esa relación, en su mayoría en procesos de despido.

"A pesar de todo lo anterior, Glovo continúa manteniendo la misma relación de trabajo con sus trabajadores, incluso en fecha posterior a 12/01/2023, quienes se siguen viendo obligados a darse de alta como autónomos y a abonar sus propias cotizaciones si quieren continuar prestando los servicios para la empresa", afirma la Fiscalía.   

"MENOSCABA Y SUPRIME" DERECHOS

Todo ello "constituye una práctica que no autoriza la legislación laboral y que menoscaba y suprime los derechos que aquella reconoce a los trabajadores por cuenta ajena, tales como los relativos a salario, jornada, descansos, permisos, vacaciones o protección de la Seguridad Social".

Alude el ministerio fiscal a los requerimientos de la Inspección de Trabajo para comprobar si la relación laboral por cuenta ajena había sido reconocida por Glovo, empresa que "no acreditó en sus respuestas ninguno de los anteriores extremos, limitándose a contestar que la relación inicial que unía a las partes no se mantenía en el momento de procederse al requerimiento".