- El Juzgado de lo Social número 1 de Melilla ha declarado la nulidad de las vacaciones de una trabajadora durante el estado de alarma tras la denuncia presentada por una delegada del sindicato UGT-FICA contra la empresa Ivesur ITV Melilla, al concluir que si coinciden con el periodo de confinamiento, el trabajador conserva su derecho a disfrutarlas.
Esta situación, según el juez, hace que la trabajadora conserve su derecho “al verse afectada por una causa de fuerza mayor que condiciona directamente sus vacaciones”, y considera que ha de conservar su derecho “a disfrutar las mismas”, dicta el auto, contra el que no cabe recurso.
El sindicato mostró su “satisfacción mayúscula” por esta sentencia , que “se convierte en referente nacional dando la razón a la trabajadora afectada” que, había aprobado las vacaciones entre el 30 de marzo y el 5 de abril de 2020, y finalmente las disfrutará del 9 al 15 de diciembre de este año.
El sindicato UGT-FICA insistió en que “ninguna situación de excepcionalidad puede justificar la conculcación de derechos y erosionar la salud de los empleados”, y que “el disfrute de las vacaciones anuales retribuidas es un derecho en la que no podemos retroceder.