pamplona - Podría tratarse de otra sentencia condenatoria más contra un banco, en este caso el Santander, que tendrá que devolver como comercializador de las aportaciones de Fagor el dinero invertido en dicha deuda perpetua (263.475 más el interés legal, excluidos los intereses cobrados). Pero el caso tiene un plus por las especiales circunstancias del matrimonio afectado (del norte de Nafarroa y emigrante en México, muy elevada edad y nula cultura financiera), así como por su relación de absoluta confianza en sus asesores del Santander (de más de 15 años). La sentencia del Juzgado de Primera Instancia 1 de Irun declara probados numerosos incumplimientos por parte de la entidad, con duras críticas la forma de proceder de la entidad en su comercialización, declarando la nulidad de la orden de contratación de 10.539 aportaciones de Fagor efectuada el 13 de julio de 2006 y obligando al Santander a resarcir a los demandantes.

La defensa de la familia, a cargo de Daniel Zubiri, sustentaba su pretensión en las circunstancias del matrimonio así como por su carácter ahorrador de perfil conservador. Alegaba que un empleado del banco gestionó su patrimonio durante 15 años anteponiendo la seguridad del patrimonio a la rentabilidad, resultando que una vez jubilado este empleado, la administración del patrimonio quedó en manos de otros dos gestores de banca privada iniciando la contratación de productos de gran riesgo. - E. Conde