BILBAO - El presidente del Consejo de Relaciones Laborales (CRL) vasco, Tomás Arrieta, no oculta sus diferencias con el anteproyecto de Ley de Mutuas y afirma que considera "justificada" la alarma sindical provocada por la norma en lo tocante a permitir a las citadas instituciones gestionar las altas médicas de los trabajadores.

Tomás Arrieta analizó ayer en Radio Euskadi la intención del Gobierno Rajoy de que sean las propias mutuas las que regulen, con los requisitos fijados, las altas médicas, tal y como se recoge en el anteproyecto de Ley de Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales aprobado el pasado mes de diciembre de 2013. Arrieta recordó que el citado anteproyecto "todavía no ha sido aprobado formalmente por el Gobierno", aunque reconoció que cree "justificada" la alarma que provocó entre todos los sindicatos la normativa, "cuya medida más llamativa tenía que ver con una nueva figura, que se bautizó como el alta presunta, que quiere decir que los médicos de una mutua de accidentes de trabajo, pueden, no tanto como ahora proponer un alta médica sino remitir a un trabajador a los servicios públicos de salud, para que Osakidetza dijera si, en su opinión, el trabajador debía continuar en un proceso de incapacidad temporal".

El problema es que la normativa quiere incluir que si "no se contestaba en un plazo muy breve el alta médica se producía". Esa es, según Tomás Arrieta, "una medida extraordinariamente agresiva que tiene connotaciones, consecuencias e implicaciones de calado, entre ellas algunas de tipo competencial, porque los servicios de salud dependen de las comunidades autónomas". El presidente del CRL recordó que el anteproyecto "no ha comenzado su tramitación parlamentaria ordinario hasta su conversión en ley".

Como se recordará, el Gobierno español con el supuesto objetivo de reforzar la lucha contra "el absentismo laboral injustificado" y conseguir "mejorar la competividad de las empresas", aprobó el proyecto Ley de Mutuas, mediante el cual pasarán a ser Mutuas de la Seguridad Social, después de asumir competencias más amplias que la cobertura de los accidente de trabajo y las enfermedades profesionales.

A partir de la puesta en marcha de la ley, las mutuas patronales asumirían el control desde el primer día de todas las bajas de los trabajadores enfermos, incluida la enfermedad común, la maternidad o el accidente no laboral, en los supuestos que la mutua haya concertado con el empresario la gestión de la incapacidad temporal por contingencia común.

Las mutuas tendrán la competencia de denegar, suspender o anular la prestación económica, sin perjuicio de los partes de alta o baja emitidos por los médicos de la sanidad publica.

Cuando las mutuas, en su función de control y seguimiento de la incapacidad temporal, consideren que el beneficiario podría no estar impedido para el trabajo, realizaran propuestas motivadas de alta a través de sus médicos, dirigidas al facultativo de la sanidad publica que emitió la baja y la Inspección Médica dispondrá de 5 días, para comunicarle el alta o la confirmación de la baja con un informe justificativo. Transcurrido el plazo de cinco días, si la mutua no recibe la confirmación de la baja (como probablemente sucederá dada la carga de trabajo de la inspección y los médicos de atención primaria), esta adoptará la decisión de extinguir la prestación económica. Los enfermos y las mutuas, podrán impugnar dichas resoluciones ante el Instituto de la Seguridad Social, incluso judicialmente, aunque la opinión y las resoluciones de las mutuas salen reforzadas en el procedimiento en la nueva Ley. Igualmente, las mutuas anularán la prestación económica, en el supuesto de incomparecencia del enfermo a la cita de control de Incapacidad Temporal en sus instalaciones. Hasta ahora el Gobierno no ha aprobado la ley por las diferencias entre Trabajo, favorable a las mutuas, y Sanidad.

Definición. Las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social son asociaciones de empresarios sin ánimo de lucro cuyo objeto exclusivo es la colaboración en la gestión de la Seguridad Social. Gestionan las contingencias profesionales de casi trece millones de trabajadores en el Estado, las contingencias comunes de más de once millones y el cese de actividad de casi seiscientos mil autónomos. Ingresaron en 2012 más de 5.300 millones de euros en concepto de cuotas por contingencias profesionales, más de 3.000 millones por contingencias comunes y más de 131 millones por cese de actividad.

Mutualia. Esta mutua, resultante de fusiones, es la más importante de Euskadi pues controla un 40% del mercado.