Como consecuencia del acuerdo, las Cajas mantienen su personalidad jurídica y ejercerán la actividad financiera de manera indirecta a través del banco, a la vez que mantienen la gestión de la Obra Social.
Este acuerdo deberá ser ratificado por la Asamblea General de BBK que será convocada para el próximo mes de septiembre. Tras la aprobación de las Asambleas el calendario de la integración prevé para los meses de octubre a diciembre la obtención de autorizaciones administrativas, de forma que los efectos contables de la operación sean efectivos a partir del 1 de enero de 2012.
Asimismo, el Consejo de Administración también ha decidido que, en el caso de que una de las tres entidades optase por no sumarse al proyecto inicial, el proyecto de integración se llevará a efecto por parte de las dos cajas que lo hubieran acordado.
Entre los aspectos más relevantes del Contrato de Integración aprobado por el Consejo de Administración de BBK, destacan:
- Nombre de la nueva entidad: Kutxa Bank S.A., si bien las cajas mantendrán su propia marca en los tres territorios históricos.
- ?Participación de cada Caja: la participación de BBK en la nueva entidad será del 57%, la de Kutxa del 32% y del 11% la de Vital Kutxa.
- Domicilio Social y sedes: la nueva entidad tendrá su domicilio social en Bilbao. Existirán 3 sedes operativas: en el domicilio social la actividad económico-financiera; una sede de actividad de Medios y Recursos en Donostia-San Sebastián y otra sede de Cumplimiento normativo, Coordinación de actividades de Obra Social y Relaciones Institucionales en Gazteiz.
- Obra Social: las entidades fundadoras establecen, para los tres primeros años, un compromiso de dividendo para inversión en Obra Social del 30% del beneficio anual. La Obra Social estará gestionada por cada Caja en su propio territorio.
- Órganos de Gobierno: El Consejo de Administración de la nueva entidad estará constituido por veinte personas, de las que 12 serán designadas a propuesta de BBK, 6 a propuesta de Kutxa y 2 a propuesta de Vital Kutxa. También se constituirán las Comisiones Delegadas del Consejo: la Comisión Ejecutiva, Comisión de Nombramientos y Retribuciones, la Comisión de Auditoría y Cumplimiento y la Comisión Delegada de Riesgos.
- Adopción de acuerdos: Los acuerdos, tanto en la Junta General de Accionistas como en el Consejo de Administración, se adoptarán por mayoría, con la única excepción de una lista tasada de acuerdos de especial relevancia, en los términos habituales en este tipo de operaciones financieras.