Es lógico pensar que si nunca has tenido un trabajo (y por tanto nunca has cotizado a la Seguridad Social) no puedas solicitar ayudas económicas al Servicio Público de Empleo Estatal, más conocido por sus siglas, SEPE. Pero eso no es exactamente así, ya que sí que existen tres situaciones en las que este organismo puede conceder subsidios por desempleo pese a que la persona solicitante nunca haya trabajado previamente, aunque son casos bastante concretos, tienen una duración limitada en el tiempo y no afectan a un porcentaje importante de la población, pero sí a algunas personas.

El SEPE establece, por norma general, que para que alguien tenga derecho a recibir una prestación por desempleo es obligatorio que haya cotizado como mínimo 360 días en los últimos seis años. Pero también establece unas excepciones en las que un ciudadano que no ha tenido previamente un trabajo en España puede cobrar un subsidio para cubrir sus necesidades básicas mientras trata de encontrar un empleo.

Emigrantes retornados

El primero es el caso de los emigrantes retornados. Si una persona que se había marchado al extranjero regresa a España procedente de un país en el que no hay convenio en materia de desempleo, puede solicitar una prestación aunque no hubiera trabajado antes en territorio español. La cuantía es del 80% del IPREM (el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, que se usa en España como referencia para la concesión de ayudas, subvenciones o el subsidio de desempleo) del año 2024, y se puede cobrar durante un periodo de seis meses.

Personas que salen de la cárcel

La segunda situación afecta a las personas que salgan de prisión y que no hayan trabajado antes en España. El subsidio se calcula, al igual que en el caso anterior, a partir del IPREM y también es válido para un periodo máximo de seis meses, para cubrir las necesidades vitales mientras se busca un empleo. Eso sí, para cobrarlo esa persona deberá haber permanecido en prisión durante un tiempo mínimo de seis meses y no tener derecho a ninguna otra prestación económica, que lo haría incompatible.

Mejoría de una incapacidad

El tercer y último supuesto es el subsidio por la mejoría de una incapacidad. Afecta a las personas a las que se les ha retirado una pensión de invalidez absoluta por haber experimentado una mejoría en su estado de salud en los últimos tiempos. Su importe también es del 80% del IPREM, se puede cobrar durante un periodo máximo de seis meses y beneficia, como en los casos precedentes, a quienes no han trabajado antes en España y buscan un empleo.