madrid. Eufemiano Fuentes fue condenado ayer a un año de prisión y cuatro de inhabilitación para la medicina deportiva tras ser declarado como autor de un delito contra la salud pública, según dictaminó la jueza Julia Patricia Santamaría en la sentencia de la Operación Puerto. José Ignacio Labarta fue condenado a cuatro meses de cárcel y quedaron absueltos los otros tres imputados, Manolo Saiz, Vicente Belda y Yolanda Fuentes. El galeno canario, que también recibió una multa de 4.500 euros, fue señalado como autor de un delito contra la salud pública del artículo 361 del Código Penal ya referenciado, aunque no ingresará en prisión al ser una pena menor de dos años y no contar con antecedentes penales. Fuentes buscaba con su sistema de transfusiones sanguíneas "la exclusiva finalidad de elevar artificialmente el rendimiento físico del ciclista", para lo cual "contaba con la colaboración de otra persona que no fue objeto de enjuiciamiento", en referencia al médico José Luis Merino Batres, que fue liberado del proceso por padecer Alzheimer.

"Eufemiano Fuentes realizaba esta actividad planificando el sistema de extracciones y reinfusiones de los deportistas coordinándolo con su preparación física a la vista del calendario de competiciones de la temporada del ciclista en cuestión, a fin de conseguir la doble finalidad de óptimos resultados en la competición y al tiempo evitar ser detectado el ciclista en los controles antidopaje, ya que las autotransfusiones se realizaban incluso en periodo de competición", señala la sentencia, integrada por 384 folios. Además, se considera probado que el médico "en determinados casos" acompañaba el sistema de extracciones y reinfusiones "con la dispensación al ciclista de determinadas especialidades farmacéuticas" prohibidas, "principalmente y en la mayoría de los casos eritropoyetina (EPO), pero también otras sustancias como factores del crecimiento (IGF-1), testosterona, insulina y hormona femenina gonadotropina (hMG)".

Estas prácticas tenían "la exclusiva finalidad de conseguir la elevación del nivel de hematocrito del ciclista" y no de preservar su salud, como defendió Fuentes durante el juicio. Por contra, suponían "un importante peligro para la salud del ciclista" al ponerle en mayor riesgo de sufrir dolencias como "trombosis, infartos (...) e incluso daños neurológicos a nivel cerebral (como mayor probabilidad de accidentes cerebrovasculares, convulsiones, ataque isquémico transitorio y otros como cefalea, debilidad o mareo)". Todos estos riesgos "podían verse incrementados en el caso de que a dicho procedimiento se uniera el consumo de la mencionada eritoproyetina", más aún teniendo en cuenta que los tratamientos se suministraban "de una manera clandestina y al margen de cualquier tipo de control o inspección de las Autoridades".