Madrid-Barcelona. Las fotos de Elsa Pataky en la playa que publicó esta revista en 2007 son, además de sugerentes y bellas, legales. Así lo ha decidido la Audiencia Provincial de Madrid en su sentencia 573/2009, en la que absuelve a Interviú de todas las reclamaciones de la actriz a consecuencia de la publicación del reportaje.

La juez Guadalupe de Jesús Sánchez, ponente de la sentencia dictada por la Sección 18 de la Audiencia, ofrece argumentos para dar la razón a Interviú: "Las fotografías se realizaron en una playa de libre tránsito, en la que difícilmente la actora pudo preservar de conocimiento ajeno las partes de su cuerpo que se reflejan en las fotografías".

Pataky había alegado que sólo el grupo de personas que participaba en un reportaje para la revista Elle había podido verla desnuda, pero la juez afirma que "es evidente que la actora, aun cuando no lo deseara, se expuso a la vista de cuantas personas pudieran hallarse en dichos momentos en dicha playa". "La playa donde la demandante realizaba el reportaje para la revista Elle era de libre tránsito para terceros, y no reunía el carácter de privada", concluye la sentencia.

Jurisprudencia del supremo La Audiencia anula y revoca la decisión del juez de primera instancia de Madrid Juan José Escalonilla, que había dado la razón a la actriz en enero de este año. Para hacerlo, la Audiencia de Madrid sigue y se hace eco de la jurisprudencia del Tribunal Supremo a este respecto. Y en su decisión menciona la sentencia emitida por el Alto Tribunal el 12 de junio de 2009 en la que se absolvía también a Interviú de cualquier responsabilidad legal por publicar fotos en toples de la modelo María Reyes.

En noviembre de 2008, el Supremo también estimó el recurso de Interviú contra una sentencia de la Audiencia Provincial en la que se condenaba a la revista por unas fotos de Laura Ponte en una playa: "La licitud o la ilicitud de unas imágenes como las aquí enjuiciadas de una modelo de fama internacional en una playa de libre acceso no puede depender del solo detalle de que dicha persona conserve o no la pieza superior del biquini", resolvió el Alto Tribunal.

La Audiencia de Madrid resalta ahora que la publicación de unas imágenes en toples no perjudican en modo alguno el honor ni la reputación de la actriz.

"El derecho constitucional a comunicar libremente información veraz no desaparece ni se debilita" si se obtienen beneficios económicos, "ni por el hecho de que una primicia o exclusiva aumente la tirada o la audiencia".