- Ante las numerosas situaciones que se están dando con el pago de los productos por debajo del coste de elaboración, el Ministerio de Agricultura, a propuesta de la Organización Interprofesional del Vino nacional, ha publicado dos órdenes homologando los contratos que les corresponden.

Se trata de la Orden APA/804/2021, de 16 de julio, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de uva con destino a su transformación en vino que regirá durante tres campañas vitivinícolas y la Orden APA/805/2021, de 16 de julio, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de vino que regirá durante tres campañas vitivinícolas.

En ambos casos consiste en unos documentos en los que se recogen todas las contrapartidas, del comprador y del vendedor, así como las especificaciones técnicas de las uvas o del vino, las garantías, la forma de pago y en general todos los parámetros para poner constancia de que el pago es por encima de los costes de producción, como salvaguarda la ley.

Así, en el caso de la uva se especifica que para que el precio aplicable en el contrato cumpla las especificaciones señaladas será el resultado de aplicar al precio libremente pactado entre las partes, las primas o descuentos que procedan, siendo igual o superior al coste efectivo de producción de la uva, de acuerdo con los criterios o parámetros de calidad que se indiquen.

El pago se hará en la forma que las partes libremente establezcan dentro de los límites marcados por la normativa aplicable y se establece que quedan prohibidas aquellas modalidades de pago que supongan un aplazamiento de este.

El vendedor está obligado a entregar factura al comprador antes de que transcurran quince (15) días desde la recepción efectiva de la mercancía, considerándose esta fecha de recepción efectiva el último día de la entrega, con el IVA correspondiente y en la que figurará la cantidad.

El pago se realizará en una fecha fija, contada desde la fecha de finalización de la entrega de la uva, y siempre dentro de los 30 días siguientes a la entrega.

Estos contratos, que ya estuvieron operativos el año pasado, son de carácter voluntario, y pueden ser utilizados en todas las tipologías y orígenes (con o sin DOP/IGP) tanto de uva como de vino y, además, están disponibles para ser usados en transacciones puntuales o para contratos de abastecimiento continuo, en el caso del vino, con lo que se dotaría de mayor estabilidad a las producciones y a los mercados.

Los contratos permiten también estipular libremente a las partes los criterios de calidad de cara a la fijación de precios que deben estar de acuerdo con la legislación vigente y estar por encima de los costes de producción. Con estos nuevos modelos reconocidos a nivel institucional por el Ministerio de Agricultura, a través de las mencionadas Órdenes, la Interprofesional del Vino de España busca facilitar y ordenar las transacciones entre los actores de la cadena de valor del vino por lo que, a pesar de ser voluntarios, desde OIVE recomiendan su uso.

Aún con todo, según publicaba DNA hace unas semanas con datos del Área de Estadística de la Consejería de Agricultura riojana recogidos en su último boletín semanal del Observatorio de Precios, el precio de las uvas de la pasada cosecha fue inferior a lo que cuesta producirlas, tras cifrar en 67,83 céntimos el coste de producción de un kilo de uva tinta en vaso y 63,32 el dinero percibido por el viticultor; mientras que en el caso de las blancas en vaso el mismo kilo tuvo un coste de 56,72 céntimos y el precio percibido fue de 51,93 céntimos.

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Es el coste de producción de un kilo de uva tinta en vaso según el último boletín semanal del Observatorio de Precios.