El Ayuntamiento de Vitoria prohibirá desde enero circular por las aceras de la ciudad en patinetes eléctricos que superen los 6 kilómetros por hora.
Con esta medida, el gabinete Urtaran, adapta los desplazamientos urbanos en este tipo de vehículo a la normativa estatal de Tráfico, hasta que entre en vigor la nueva ordenanza municipal que ultima Gasteiz.
La Policía Local no pondrá multas, de momento. Sanciones que en la ley estatal son de 200 euros. La próxima semana iniciará una campaña de concienciación dirigida a los usuarios de los patinetes eléctricos para informarles de que no pueden circular por las aceras. Más adelante, sí que habrá denuncias.
Nuevas normas de movilidad
En cuanto al retraso en la entrada en vigor de la ordenanza de Vitoria sobre movilidad, el alcalde ha avanzado esta mañana que la nueva normativa comenzará a tramitarse en enero.
Ha explicado Gorka Urtaran que el texto definitivo ya está escrito y que la demora se debe a que en estos momentos lo están analizando los letrados para encajarlo en el ordenamiento jurídico.
Así las cosas, el gobierno PNV-PSE aprobará el documento a lo largo de enero y, entonces, comenzará su tramitación.
Vitoria seguirá fomentando el uso del transporte público y de la bicicleta como ha hecho hasta ahora.
No obstante, lo hará bajo la premisa de que todos los tipos de desplazamiento convivan de forma pacífica por las vías de la ciudad. Por eso, va a regular tanto por dónde y cuándo van a poder circular tanto los patinetes eléctricos, como las bicicletas.
De esta forma, el Ayuntamiento pretende poner fin a los continuos conflictos que enfadan a ciclistas y peatones cuando las bicis avanzan por las aceras y no por las calzadas, a pesar de que sólo pueden hacerlo por aceras estrechas cuando no hay bidegorri.
Sanciones de la DGT
Según la normativa de la Dirección General de Tráfico (DGT), el usuario de un patinete eléctrico o cualquier vehículo de movilidad personal (de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado por motor eléctrico), cuya velocidad sea superior a los 6 kilómetros por hora pero no exceda los 25, puede ser sancionado con multas de entre 500 y 1.000 euros por conducir bajo los efectos del alcohol. Y de 200 euros por utilizar el teléfono móvil.
Los conductores de los denominados VPM tienen, además, la obligación de someterse a pruebas de alcohol y drogas y, en caso de negarse, serán denunciados como infracción administrativa. Si, además, el conductor da positivo en drogas, podría inmovilizarse el vehículo.
En cuanto al uso del casco, su obligatoriedad se regirá por la ordenanza municipal de cada ciudad.
Igualmente, tienen prohibido desplazarse por aceras y zonas peatonales y solo podrán ser utilizados por una persona. En caso de más ocupantes, la sanción sería de 100 euros.
La DGT considera conducción negligente la nocturna sin alumbrado ni prendas o elementos reflectantes y su sanción es de 200 euros.