vitoria - Sorpresa en el Ayuntamiento de Vitoria. Según información a la que ha tenido acceso DIARIO DE NOTICIAS DE ÁLAVA, la Fiscalía alavesa ha propuesto a sus homólogos en el Tribunal Supremo que recurran en casación una sentencia recientemente emitida por la Audiencia Provincial de Álava contra un agente en la Policía Local y en la que se le condenaba al pago de una multa. Considera que la pena no se ajusta al delito cometido y solicita que se le impongan dos años de prisión por golpear a una mujer durante una manifestación anti TAV celebrada en la capital alavesa hace dos años. A consecuencia de aquel incidente, la mujer sufrió una fractura en un dedo de la mano. Aunque la solicitud de este tipo de recursos no es inhabitual en la Fiscalía alavesa, su cifra no suele superar la docena de procedimientos por año.

Durante el juicio, el agente, que fue asistido por la defensa legal del Ayuntamiento, explicó que había intervenido en apoyo de unos compañeros que estaban siendo acorralados por los manifestantes y que siguió en todo momento el protocolo dictado para estas actuaciones. Explicó que empleó el bastón policial para separar a las personas que les rodeaban con la intención de abrirse un pasillo, pero que una de las mujeres a las que le impactó con su herramienta de trabajo se llevó instintivamente la mano al muslo, con tan mala fortuna que el golpe le causó lesiones en un dedo de la mano derecha.

La Fiscalía, con una versión muy alejada de la facilitada por el agente, acusó a éste de haber empleado la defensa cuando ya no existía ningún peligro y de forma arbitraria contra la mujer, una ciclista que se encontraba en la cabeza de la marcha de protesta contra el tren de alta velocidad. Por ello, reclamaba para él una pena de dos años de cárcel.

Los magistrados de la Audiencia Provincial acordaron finalmente condenar al agente como autor responsable de dos delitos de lesiones, el primero leve y el segundo de mayor gravedad. Por ello le impusieron, por una parte, una sanción de 180 euros y, paralelamente, otra de 1.080 euros. El Ayuntamiento, como responsable civil subsidiario, fue condenado a abonar otros 3.037 euros a la víctima en concepto de indemnización.

Consultado por este diario, el fiscal jefe de la Audiencia Provincial de Álava, Josu Izaguirre, detalló ayer que su departamento ha propuesto a la Fiscalía del Tribunal Supremo la presentación del recurso de casación y que deberá ser este organismo quien decida si finalmente lo tramita, aunque todo apunta a que finalmente lo presentará. “Se trata de una práctica cotidiana -amplió Izaguirre-. Recurrimos cuando entendemos que las sentencias que dicta la Audiencia Provincial no son ajustadas a derecho”. “Otra cosa es el resultado”, matizó.

En este caso, las diferencias de interpretación legal entre la Fiscalía alavesa y los magistrados de la Audiencia Provincial estriban en el artículo aplicado para sustentar la sentencia. Mientras que los jueces estimaron que debía aplicarse el artículo 147 del Código Penal, referido a los delitos de lesiones, la acusación entiende que debe emplearse el 148.1, que es el tipo agravado y que contempla penas de prisión entre dos y cinco años. La razón esgrimida para ello es que el agente empleó una defensa policial, que es considerada un arma. A pesar de esta divergencia de pareceres, la Fiscalía reclama que se dicte la pena mínima asociada a este artículo.

El detonante de la intervención policial en la manifestación fue que uno de los manifestantes se desnudó completamente. Varios agentes entraron a identificarle y dado que éste se opuso, se organizó un tumulto con “leves empujones y agarrones, así como insultos y escupitajos”, por lo que decidieron sacar al individuo fuera de la marcha. Los mandos ordenaron al acusado y a otro compañero entrar usando las defensas o bastones policiales para abrirse paso. Según consta en la sentencia, el condenado, cuando “no existía peligro para su integridad física”, golpeó a la mujer en ambos muslos con su defensa.

Recurso. La Fiscalía alavesa ha propuesto a la Fiscalía del Tribunal Supremo que recurra en casación una sentencia de la Audiencia Provincial que impone una multa a un agente por golpear a una manifestante.

Multa. Dicha sentencia obliga al agente a pagar 1.260 euros por dos delitos leves de lesiones y 3.037 euros al Ayuntamiento como responsable subsidiario.

Prisión. La Fiscalía entiende que la sentencia no se ajusta a derecho y piden dos años de cárcel para el policía municipal.