En vigor desde 2007. Se cumple una década desde la última reforma de esta ordenanza que afecta a los 194 taxis que circulan por las calles de Vitoria.

Para el verano. La propuesta de actualización de la ordenanza se aborda en la Junta de Gobierno Local de mañana, para pasar después por la comisión y superar los trámites burocráticos.

Este requisito condicionaba a los titulares de licencias poder contratar a personas asalariadas para desempeñar el trabajo al volante del vehículo.

Se permitirá, tras el verano, lucir publicidad en las puertas laterales, las aletas traseras y una lámina plástica microperforada en la luneta trasera que se ajuste a les homologación.

194

La flota de taxis que circula por Vitoria no sufre modificación desde que en el año 2010 se concedieron las últimas licencias para ampliar el servicio.

VITORIA - El Ayuntamiento aborda mañana en la sesión de la Junta de Gobierno Local el proyecto de modificación de la ordenanza del taxi que contempla, entre sus aspectos más destacados, la supresión del “requisito de estar empadronado en el municipio de Vitoria y de ser vecino del mismo con una antigüedad de un año, para aquellas personas que aspiren a obtener el permiso de conductores” de uno de estos vehículos públicos. Se anula de esta manera uno de los apéndices que ha jugando en contra de los propietarios de licencias a la hora de encontrar personas en calidad de conductores asalariados, en los casos en los que la normativa lo autoriza.

Quiere abordar el departamento municipal de Seguridad Ciudadana, que encabeza el socialista Carlos Zapatero, la actualización en algunos puntos básicos de esta legislación que no sufría ninguna modificación desde que entró en vigor, el 7 de diciembre del año 2007. En esa faceta referida a las personas conductoras se especifica además la supresión de otro requisito como es el de “estar en posesión del permiso de conducción BTP, al haber desaparecido este tipo de permiso”, contempla el informe que se abordará en la junta de mañana, y al que ha tenido acceso DIARIO DE NOTICIAS DE ÁLAVA.

Se mantiene, sin embargo, la obligación para las personas que aspiren a hacerse con una licencia de taxi en Vitoria la obligación de estar empadronadas en el término municipal. En la actualidad la cifra de vehículos de este servicio público se mantiene en los 194 después de que en 2010 se concedieran las últimas y sin que haya habido nuevas concesiones a lo largo de estos siete años. En lo referido a las licencias y su posesión, se fija un cambio como es el de autorizar la “transmisión de las mismas, por motivos de enfermedad, accidente y otros que puedan calificarse de fuerza mayor, aún en el caso de que no tengan carácter permanente”. Con esta modificación, que se pretende esté definitivamente aprobada para el verano, tras superar todos los trámites internos y recibir el visto bueno del Pleno, se va a obligar también a los titulares de licencias a “guardar información” sobre los periodos en que “estuvieron o no en servicio durante los últimos tres meses”, con el objeto de facilitar hipotéticas inspecciones sobre los horarios al volante.

Dentro de la extensión de los 46 artículos de la normativa vigente, se va a realizar un ajuste sobre varios de ellos para concretar determinados aspectos. De esta manera, se concreta y fija “hasta un máximo de nueve plazas” la capacidad de los vehículos destinados al transporte de personas que circulen por Vitoria. Aborda también otra cuestión como es el cupo de vehículos adaptados que deben estar de servicio en cada momento. La nueva redacción del artículo 3, en su séptimo apartado, contempla que durante las 24 horas “al menos el 5% de las licencias sean de taxi adaptado”, para poder dar respuesta a la demanda de este colectivo ciudadano.

publicidad en taxis El capítulo más relevante de la renovación de esta ordenanza va a posibilitar que, a partir del verano, los 194 taxis de Vitoria puedan lucir al fin publicidad en sus carrocerías y dar respuesta a una de las demandas largamente perseguidas por el sector. Se da luz verde a que pueden llevar publicidad, tanto interior como exterior, y además se concreta y regula la manera de exhibirla para lograr la armonización entre todos los anuncios. La publicidad exterior podrá lucirse en las “puertas laterales y aletas traseras y podrán cubrir la totalidad de la chapa de carrocería hasta la vertical que establece el límite con las puerta laterales y hasta los vértices que limitan los laterales con el techo y la parte trasera, evitando la zona acristalada lateral.

Otra segunda zona habilitada para los anunciantes estará en la luneta trasera, si bien en este caso, “deberán emplearse láminas de material plástico microperforadas homologadas, que se ajusten a la normativa vigente. En los casos en los que se proceda a instalar publicidad exterior se deberá comunicar al Ayuntamiento, que emitirá su autorización “por un periodo máximo de tres años y podrá ser renovada por periodos de igual duración”.

En lo que se refiere a los anuncios interiores, no requerirán de una autorización por parte del Ayuntamiento. Se podrá exhibir en soportes audiovisuales con posibilidad de anular el sonido y siempre y cuando se limiten al interior del vehículo y no deben estar diseñados para apreciarse desde el exterior. También pueden ser soportes documentales o gráficos aunque “la persona conductora solo facilitará activamente documentos de este tipo, a requerimiento expreso por parte de la persona usuaria”.