El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado en líneas generales la sentencia dictada por la Audiencia Nacional sobre la pieza separada de la 'Gürtel' relativa a los contratos irregulares de AENA, firmados entre 2000 y 2002, con el grupo de empresas de Francisco Correa, para quien ha confirmado la pena de seis años de prisión --reducida en seis meses-- y ha rebajado en casi 390.000 euros la multa impuesta.

En una sentencia de 196 folios, firmada este 28 de julio y recogida por Europa Press, la Sala de lo Penal ha acordado rebajar la condena de Correa --de seis años y nueve meses de cárcel a seis años y tres meses-- y la multa --que pasa de 654.000 euros a 265.000 euros-- tras apreciar un atenuante de dilaciones indebidas.

El tribunal ha estudiado el recurso presentado por el líder de la 'Gúrtel' en el que alegaba haber sufrido dilaciones indebidas durante el procedimiento. Según consta en la resolución, los magistrados han estimado parcialmente la impugnación tras reconocer que que la causa de AENA "no presenta una complejidad de investigación tan marcada como en otras piezas" de la trama. En este sentido, han asegurado que son "conscientes" del "importante tiempo transcurrido desde el inicio de las investigaciones".

En el marco de su recurso, Correa también defendió que durante la instrucción de la causa se vio afectado su derecho de confidencialidad en la relación abogado-cliente por la decisión del entonces juez instructor Baltasar Garzón de interceptar las comunicaciones de los letrados y los principales acusados.

El Supremo ha reconocido que "se produjo una importante transgresión del derecho de defensa", pero ha recordado que el exmagistrado fue apartado de su cargo. En este sentido, además, ha subrayado que "no puede proclamarse que cualquier restricción devenga incompatible con la validez del procedimiento en su conjunto". Por ello, ha estimado que "no procede acordar la nulidad de todo el proceso" en los términos reclamados por Correa.

Así, en la sentencia, la Sala ha confirmado la condena por delitos continuados de cohecho activo, fraude a las administraciones públicas, falsedad en documento mercantil y prevaricación. Además, se le comisa el beneficio que obtuvo como consecuencia de estos contratos, unos a 2,2 millones de euros.

PERSONAL DE AENA Y DE CORREA

En la resolución, que se ha dado a conocer este jueves, el Supremo también ha confirmado íntegramente las penas acordadas por la Audiencia Nacional para el ex director de Comunicación de AENA Angel López de la Mota y su subordinado José María Gavari, quienes conocieron a Correa cuando trabajaban en la oficina de prensa del PP.

López de la Mota y Gavari fueron condenados a cinco años de cárcel con multas 95.000 y 168.000 euros, respectivamente, por cohecho pasivo, prevaricación, y fraude a las administraciones públicas.

El tribunal también ha mantenido la condena de prisión de tres años y tres meses para José Luis Izquierdo López, excontable del grupo de empresas de Correa. Pero ha acordado reducirle la multa de 654.000 euros a 131.750 euros por el delito de cohecho activo por el que fue condenado junto al de falsedad en documento mercantil.

AJUDICACION IRREGULAR DE 22 CONTRATOS

El Supremo ha avalado la sentencia de la Audiencia Nacional al dar por probado que López de la Mota y Gavari pactaron con Correa "la adjudicación irregular de un total de 22 contratos de la entidad pública AENA para realizar eventos o participar en Ferias, todo ello a cambio de recibir dinero en efectivo o determinados servicios de carácter particular".

La Sala ha respaldado el fallo del tribunal de instancia en el que se concluía que los acusados "manipularon diversos procedimientos administrativos de adjudicación de contratos" del gestor aeroportuario para adjudicarlas a las empresas de la trama 'Gürtel' "por un precio superior al de mercado".

Según han precisado los magistrados, "las contrataciones, con márgenes de beneficio desproporcionados, permitieron un notable enriquecimiento de las empresas beneficiadas, recompensándose económicamente a Angel López de la Mota y a José María Gavari (empleado de la entidad Centros Logísticos Aeroportuarios SA, participada al 100% por Aena), por facilitar las manipulaciones contractuales que posibilitaron el enriquecimiento de las empresas adjudicatarias".

Se trata de la tercera sentencia relativa a la trama de corrupción que respalda el Tribunal Supremo, tras las dictadas por la primera época de 'Gürtel' y Fitur Valencia.