Vitoria - Más de la mitad de las 990 declaraciones presentadas para poder emprender la actividad alojativa turística en viviendas están empadronadas en Donostia. En concreto, 565 solicitudes a las que habría que sumar otras 52 correspondientes exclusivamente a habitaciones localizadas también en la capital guipuzcoana, la cifra más elevada del conjunto de la Comunidad Autónoma Vasca (CAV). El inventario elaborado por el Gobierno Vasco evidencia el peso de la capital donostiarra en esta modalidad extrahotelera -en auge desde hace varios años- regulada por ley desde agosto del pasado año.
Bilbao es el otro gran receptor de este perfil de visitantes que prefieren moverse fuera del circuito tradicional con 158 pisos inscritos en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de Euskadi y 48 habitaciones. En total, en el territorio de Bizkaia han sido presentadas 243 declaraciones responsables de inicio de actividad, trámite necesario para poder normalizar la salida al mercado del alquiler temporal del apartamento o la habitación. Hasta 31 municipios vizcaínos completan la oferta de la capital en materia de pisos turísticos; y el mismo número de localidades en el caso de habitaciones. En esta clasificación, Bizkaia se sitúa a la cabeza de la CAV, por encima incluso de Gipuzkoa, ya que dispone de 91 habitaciones frente a las 72 guipuzcoanas.
Tal y como se desprende de las tablas estadísticas, la distribución territorial tanto de pisos como de habitaciones es más equilibrada en Bizkaia, mientras que en Gipuzkoa la oferta se concentra en su capital. De hecho, únicamente 13 localidades disponen de habitaciones integradas en esta modalidad ajena al circuito hotelero frente a las 31 vizcaínas repartidas además en todas las comarcas. Muy por detrás, en ambas categorías (pisos y habitaciones) se sitúa Araba: 43 viviendas y 10 habitaciones, y con el epicentro en Gasteiz donde se localizan 24 de esos pisos y la mitad de las habitaciones.
Durante el medio año transcurrido desde la entrada en vigor de la Ley vasca de Turismo que regula esta actividad, las labores de control para evitar fraudes han sido diarias. Un equipo de 6 personas que operan en los tres Territorios Históricos se encarga de rastrear las plataformas on line donde habitualmente se publicitan este tipo de alojamientos: redes sociales y páginas webs son vigilados con el objetivo de perseguir a las personas propietarias de viviendas que tratan de burlar la normativa. La contratación de pisos y habitaciones sin esa declaración responsable de inicio de actividad turística tiene, de hecho, la consideración de “clandestina” por el texto normativo.
Diligencias A lo largo del pasado ejercicio, ilustraban fuentes del Gobierno Vasco, no se abrieron expedientes sancionadores a pesar de que fueron abiertas “diligencias previas de identificación de establecimientos en situación irregular”. La razón para no haber podido iniciar ningún expediente sancionador contra la tipología de establecimientos por la imposibilidad de identificar al titular de la actividad”. En cualquier caso, la reglamentación aprobada incluye un catálogo de multas económicas de hasta 600.000 euros para los casos más graves, y sanciones de tipo administrativo.
En el desarrollo normativo de la misma también se hace hincapié en otro aspecto relacionado con el alojamiento en habitaciones. En concreto, una misma persona titular no podrá en ningún caso ofertar o comercializar habitaciones en más de una vivienda “en cuyo caso estos últimos alojamientos serán considerados como otros tipos de establecimientos”. De hecho, reglamentariamente se establece el número máximo de plazas que podrán ofertarse en una misma vivienda. Tal y como detallaron cuando fue aprobada la ley, se considera una vivienda turística cuando se realice publicidad o se comercializa en cualquier soporte, medio o canal de oferta turística o cuando se facilite alojamiento por un periodo de tiempo continuo igual o inferior a 31 días dos o más veces dentro del mismo año.