madrid - La Audiencia Nacional avala la dispersión de los presos de ETA al considerar que el hecho de que se encuentren internos en cárceles alejadas de su entorno familiar no vulnera ninguno de los derechos que les asiste como reclusos. Así se desprende de la decisión adoptada por el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria, cuyo titular, la magistrada María Reyes Jimeno Gutiérrez, denegó ayer la solicitud de acercamiento a prisiones próximas a Euskadi realizada por 30 presos.

En su auto, la magistrada señala, además, que el juez de vigilancia penitenciaria no decide sobre los destinos o los traslados de los presos, competencia que corresponde a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, organismo dependiente del Ministerio español del Interior. Así, asegura que la posibilidad de control de la decisión de traslado de centro penitenciario por parte del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria es algo excepcional y solo podría darse si en la decisión adoptada por Instituciones Penitenciarias se hubiera producido una clara vulneración de los derechos del interno y fuera susceptible de ser corregido por la vía del traslado. Sin embargo, puntualiza que en ninguno de los 30 casos estudiados ha ocurrido esa variante.

Por ello, la titular de Juzgado de Vigilancia Penitenciaria señala que los presos de ETA pueden formular sus recursos por la vía administrativa y, una vez agotada ésta, ante la jurisdicción contencioso-administrativa. En este sentido, y reafirmándose en su decisión, insiste en que su intervención sería “excepcional” y que en los casos analizados no consta que los afectados hayan visto vulnerados su derecho a las comunicaciones y visitas, defensa y asesoramiento jurídico, asistencia médica o de acceso a la cultura y la educación.

Entre los presos a los que se ha denegado su traslado a cárceles vascas se encuentran quien fuera miembro de la cúpula de ETA arrestada en Bidart, Francisco Mujika Garmendia Pakito; Unai Parot, miembro del comando itinerante, Felipe San Epifanio Pipe, miembro del comando Barcelona; y Xabier Alegría, condenado por su pertenencia a KAS. También se ha denegado el traslado al exalcalde de Laudio Pablo Gorostiaga, pero éste salió de prisión el pasado día 22 tras haber cumplido su condena.

La decisión de los presos de solicitar el traslado a cárceles vascas fue anunciada en junio del pasado año por el abogado Alfonso Zenón. Entonces el letrado aseguró que se trataba de un segundo paso. El primero fue solicitar este acercamiento a Instituciones Penitenciarias y a los propios directores de los centros en los que se encontraban recluidos. Ante la respuesta negativa, Zenón adelantó que el segundo paso sería poner el caso en manos del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, que ahora ha denegado el acercamiento de los reclusos. Asimismo, desveló que la intención de los abogados era ir paso a paso y ver “hasta dónde lleva” la vía jurídica, al tiempo que mostró su esperanza en que no sea necesario llegar al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo. Zenón manifestó que sería un “calvario” para los presos tener que recorrer todos los pasos judiciales cuando las autoridades políticas, en este caso los gobiernos español y francés, podían tomar la determinación de acercar a los presos.

Reacciones Tras esta decisión, los abogados de los reclusos anunciaron ayer la interposición de recursos de forma. A través de un comunicado, el despacho Zugarrondo Abokatuak, al frente del cual se sitúan las letradas Amaia Izko y Jaione Carrera, mostraba su “más absoluto desacuerdo” con la resolución de la jueza de vigilancia penitenciaria, por lo que se anunciaba la interposición de recursos de forma. Asimismo, las letradas denunciaban “la situación de indefensión y perjuicio” que suponen las constantes filtraciones de las resoluciones judiciales, hasta el punto de que señalaban que se facilitaban los autos antes a la prensa que a los abogados y a los propios perjudicados. Por último, emplazaban a una rueda de prensa, probablemente después de Semana Santa, para realizar una valoración mas extensa del auto del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria.

Por su parte, Etxerat emitió un comunicado en el que señalaba que la dispersión de “vulnera derechos fundamentales” tanto de los internos como de sus allegados. Tras recordar que la dispersión ha sido la causante de 16 muertos en 26 años, Etxerat insistía en que “la dispersión vulnera nuestros derechos fundamentales: el derecho a la familia, el derecho a la intimidad, el derecho a la integridad física. Nos obliga a pagar el precio más alto física, psíquica y económicamente por no querer renunciar a nuestros lazos afectivos”.

Por su parte, EH Bildu tildó de “irresponsable y cobarde” la decisión adoptada por la jueza. En una nota de prensa, la coalición soberanista afirmaba que aunque es a este juzgado, el de vigilancia penitenciaria, quien corresponde garantizar el derecho de los presos, una vez más ha diseñado cómo vulnerarlos mejor”.

En el otro lado de la balanza, el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, insistió en el discurso que mantiene el PP: “Si ETA se disuelve no sería necesario aplicar la política penitenciaria de dispersión”. Fernández Díaz, además, aseguró que la dispersión “no vulnera el derecho de los presos ni de sus familiares”.