MADRID. Así lo refleja la modificación de la ley general de la comunicación audiovisual, que flexibiliza la gestión de las televisiones autonómicas y abre la puerta a su posible privatización, y que hoy publica íntegramente el Boletín Oficial del Estado (BOE).
El horario de protección de la infancia abarca desde las 06.00 y las 22.00 horas, y además dentro del mismo se establecen tres franjas horarias de "protección reforzada". Estas franjas horarias quedan fijadas de lunes a viernes entre las 08.00 y las 09.00 y entre las 17.00 y las 20.00 ; y los sábados, domingos y festivos de ámbito estatal entre las 09.00 y las 12.00.
La nueva regulación fija además que los programas dedicados a juegos de azar y apuestas sólo se pueden ofrecer entre la 01.00 y las 05.00 de la madrugada, y los relacionados con el esoterismo y las paraciencias sólo se pueden emitir entre las 22.00 y las 07.00 horas.
Además, las televisiones no podrán emitir contenidos que puedan "perjudicar seriamente" el desarrollo físico, mental o moral de los menores, y en particular aquellos espacios que incluyan escenas de pornografía, maltrato, violencia de género o violencia gratuita.
Ese tipo de contenidos audiovisuales si podrán emitirse en abierto entre las 22.00 y las 06.00, pero siempre precedidos de un aviso acústico y visual.