Desde que el pasado mes marzo de 2020 se desatara la crisis sanitaria, el Ejecutivo de Iñigo Urkullu ha sufrido numerosos reveses en los tribunales a sus medidas anticovid. En estos meses, el juez Luis Garrido, presidente de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJVP, ha sido un auténtico azote del Gobierno vasco.

CIERRE A LA 1.30

Así, en el verano de aquel año y con la pandemia en toda su crudeza, anuló el decreto que obligaba a cerrar los pubs y discotecas a la 1.30 al no ver demostrado que fueran focos de contagio. Garrido suspendió el recorte del horario de los locales de ocio nocturno a la 1. 30 de la madrugada. Dio la razón a los hosteleros porque, en el supuesto de que la sentencia final fuera favorable a sus intereses, para entonces algún negocio podría haber ido a pique y generarse un perjuicio de "imposible reparación". Añadía que los brotes en pubs no eran especialmente significativos porque también se daban en barbacoas, asociaciones de vecinos o residencias. No obstante, la decisión tuvo una vida muy corta porque el Estado decretó el cierre poco después.

SEIS PERSONAS MÁXIMO

En octubre de 2020, la sala no dio su autorización para limitar las reuniones sociales a seis personas, porque era necesario decretar el estado de alarma o aprobar una ley orgánica que lo permitiera. Con esta negativa, el lehendakari lideró un movimiento de comunidades que pidieron un segundo estado de alarma a Sánchez, quien aceptó.

CIERRE DE BARES EN ZONA ROJA

Uno de los varapalos más importantes fue el referido al cierre de bares en los municipios en zona roja. Con el segundo estado de alarma en vigor, en febrero, reabrió los bares en zona roja, con una incidencia acumulada superior a 500 por 100.000 habitantes. El juez Garrido no vio un riesgo cierto y grave. Dijo que los encuentros con familiares y amigos en espacios privados, "según una parte importante de los epidemiólogos, pueden producir el 80% de contagios". En una tertulia, al mismo tiempo, los llamaba "médicos de cabecera que han hecho un cursillo"..

LIMITACIONES A LA MOVILIDAD

En mayo ya de este año, los tribunales impidieron al Gobierno vasco establecer limitaciones a la movilidad, a la reunión y toques de queda, al ser derechos fundamentales que escapan del ámbito autonómico. Su sala se opuso a que Euskadi mantuviera el toque de queda, cierres perimetrales y limitaciones de los encuentros sociales a cuatro personas tras la caída de la alarma el 9 de mayo.

MASCARILLAS EN LA PLAYA

En agosto, el desencuentro se produjo por las mascarillas en la playa. Mientras que la nueva orden del Departamento de Salud dictaba el uso de las protecciones faciales en playas y piscinas, se estableció que serían solo obligatorias si no fuera posible mantener la distancia interpersonal de 1,5 metros. Se remitió a la normativa estatal, que solo obliga cuando no se cumpla el metro y medio de distancia. Se argumentó que llevarla no es un perjuicio excesivo, pero que "no deja de ser una carga" y no usarla puede acarrear sanciones que no prevé el Estado.

AFORO EN ESTADIOS

Finalmente hace solo dos meses, en septiembre, el disenso se centró en los aforos de los estadios de fútbol. A petición de la Liga, ser rechazó el aforo del 30% del Gobierno vasco y se subió al 60% del Consejo Interterritorial, aunque era un máximo y no implicaba que todos los territorios deban aplicarlo. Se consideró "obvio" que una recomendación del Consejo no era un peligro para la salud.