BARCELONA. En un auto, el magistrado del Juzgado de Instrucción número 27 de Barcelona, una vez finalizada la instrucción, ha solicitado a las partes que presenten sus escritos de acusación en las diligencias abiertas en este procedimiento, aunque considera que existen pruebas "suficientes" para, "sin prejuzgar, considerar que los imputados han participado en la comisión de estos delitos".
Según el auto, uno de los investigados, Cristian M.G., habría creado un grupo de WhatsApp denominado "Arriba España hija de puta" el día 4 de octubre de 2017, del que formaban parte otros dos acusados, Alberto R.A. y Joel M.M, y en el que incorporaron a la denunciante, cuyo número de teléfono se había hecho público en la web "ForoCoches" para "realizarle un acoso multitudinario".
Los acusados escribieron a la demandante varios mensajes "decididos a coaccionarla y acosarla", "movidos por su rechazo a su ideología política" tras conocer su participación en el referéndum catalán del 1 de octubre de 2017 al haber salido en televisión mostrando sus dedos lesionados, según dijo, por agentes de la Policía Nacional en un colegio electoral.
Con la misma finalidad, el cuarto acusado, José María F.G., le remitió el día 5 de octubre un SMS a la misma demandante, quien -en total- recibió más de 7.800 mensajes entre los días 3 y 6, 315 llamadas entre el 1 y el 19, así como 791 mensajes SMS, de ellos 424 en dos días.
Por eso, el magistrado estima que hay suficientes pruebas en el presente caso para considerar a los cuatro procesados como autores de los delitos de amenazas, coacciones, acoso y delito relativo al ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas (delito de odio por ideología política).